Reflexiones sobre algunos elementos teóricos para el análisis de los delitos atroces en Colombia
In: PROSPECTIVA. Revista de Trabajo Social e Intervención Social, S. 157-166
ISSN: 2389-993X
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In: PROSPECTIVA. Revista de Trabajo Social e Intervención Social, S. 157-166
ISSN: 2389-993X
In: http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/18619
El legado de atrocidades del siglo veinte muestra amargamente las deficiencias colectivas de las instituciones internacionales y el profundo fracaso de los Estados para cumplir con sus responsabilidades más básicas. Dada la gravedad y duración en el tiempo de los costes generados para una sociedad por la comisión de delitos atroces (genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra), el reforzamiento de la acción preventiva se convierte en fundamental. Esto aparece subrayado en el nuevo concepto de "Responsabilidad de Proteger". En la presente lección inaugural, se abordará la función de la Corte Penal Internacional ("CPI") en la aplicación de este nuevo concepto a través de medidas distintas a aquellas que se dirigen a terminar con la impunidad de los responsables de delitos atroces ya cometidos. (.) Contenido: La doctrina de la intervención humanitaria y el concepto de responsabilidad para proteger. Las dos dimensiones del mandato preventivo de la Corte Penal Internacional: prevención general e intervención oportuna. La intervención oportuna de la Corte Penal Internacional como consecuencia de amenazas concretas de futuros delitos atroces. La intervención oportuna de la Corte Penal Internacional cuando delitos atroces se están ya cometiendo.
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In: Revista Logos Ciencia &Tecnología, ISSN 2145-549X, Vol. 2, No. 1, pp. 112-120, Julio - Diciembre 2010
SSRN
The Colombian government brings forward a peace process that seeks to prevent the perpetrators of atrocious crimes pay with effective deprivation of liberty. This written warns about the impossibility of such an aim, because it requires radical change in criminal law doctrine and contradicts the international justice. Instead it proposes the forgiveness as political, and explains the requirements that entails. ; El Gobierno colombiano adelanta un proceso de paz buscando evitar que los responsables de delitos atroces paguen penas efectivamente privativas de la libertad. Este escrito advierte sobre la imposibilidad de tal pretensión, porque exige un cambio radical en la doctrina jurídico-penal, y contradice la justicia internacional. En su lugar, propone el perdón como política, explicitando las exigencias que ello comporta.
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In: Erebea: Revista de Humanidades y Ciencias Sociales, Band 12, Heft 2
ISSN: 0214-0691, 2530-8254
Se estudian aquí una serie de Alegaciones del siglo xvii aragonés sobre estupro y rapto, delitos calificados como atroces por las leyes aragonesas. Son escrituras de apelación de la sentencia del tribunal ordinario a la instancia superior, la Sala Criminal de la Audiencia del reino. A través de estos documentos se puede recomponer el proceso criminal y los asuntos que se valoraban en delitos considerados de difícil probanza.
Estas alegaciones se redactaban generalmente en beneficio del presunto delincuente, el hombre. Sin embargo, son importantes para la mujer. Descubren que la denuncia de estos delitos partió del procurador astricto (fiscal local) que actuaba de oficio. Ese oficial logró que estos crímenes no quedaran impunes por causa de la debilidad de las afectadas.
En general, en la mayoría de los escritos en los que se aborda la responsabilidad de los individuos en la comisión de actos atroces, en situaciones de violencia política, y en particular en las reflexiones sobre la justicia transicional, priman los análisis sobre las responsabilidades penales y políticas de quienes participan en la comisión de estos delitos; no obstante, muy pocas veces, la discusión se centra en analizar la responsabilidad moral de estas acciones. Considero que evaluar las diversas situaciones en las que estamos en presencia de un individuo que es culpable moralmente en la comisión de actos atroces, nos permite reconocer el tipo de responsabilidad individual que puede atribuirse a un ofensor que ha realizado un acto atroz y el repudio moral que merecen estas acciones. La importancia de este tipo de análisis radica en la obligación que, en particular hoy, en Colombia, tenemos como ciudadanos al enfrentar una grave crisis moral que se manifiesta en los crímenes atroces que se cometen con ocasión del conflicto armado interno y que se ve influenciada en forma muy negativa por un ambiente de polarización política que con intereses muy distintos intentan, entre otros objetivos, minimizar la barbarie o justificarla como un mal menor; acusar al contradictor como la fuente de todos los males y, por tanto, como el único responsable de la violencia; aislar las acciones de los grupos insurgentes o contrainsurgentes del uso endémico de la violencia que han ejercido los partidos políticos históricamente y de la que se han beneficiado muchos sectores sociales; o asumir la actitud pasiva de una velada o franca indolencia frente a la atrocidad de los perpetradores y el sufrimiento de las víctimas. ; Generally speaking, articles that address the issue of individual responsibility for moral atrocities in violent political contexts, and especially in the reflection of transitional justice tend to give more attention to criminal and political responsibility rather than to individual moral responsibility. Focusing on individual moral responsibility for atrocious actions allows us to understand the diverse levels of moral guilt that can be attributed to an offender and the moral repudiation this person deserve from us. The importance of this moral analysis is particularly relevant to Colombia internal conflict, for we are experienced grave human rights violations within a very polarize political environment. In this context different groups whether tried to diminish the evil acts or to justify them as a minor evil; to accuse the enemy as the origin of all wrongful actions and then as the only responsible for political violence; to blame the guerrilla and paramilitars as the only responsible groups forgetting the role of the liberal and conservative parties in the history of political violence, or taking a passive and sometimes an apathetic attitude toward the perpetrators and the victims.
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En este artículo defiendo la idea de que lo que nosotros somos como agentes morales y ciudadanos es en parte producto del ambiente social y político en el que crecemos. La comunidad política desempeña un papel preponderante en el desarrollo de nuestra agencia moral y política. Así, no es posible explicar el carácter moral de un individuo en forma separada del contexto social y político en el cual dicho carácter se desarrolla. Cuando las personas viven en regímenes democráticos inclusivos, ellas están mejor equipadas para respetar, en condiciones de igualdad, su valor como personas y ciudadanos. En regímenes opresivos, las personas son más propensas a desarrollar formas defectuosas para tratarse a sí mismos y a los demás. En este artículo discuto dos complejas e importantes nociones: el perdón y la reconciliación política. Las dos nociones aparecen en trabajos teóricos, así como en casos de estudio acerca de procesos de paz y democracias transicionales. Defiendo la idea de que el perdón y la reconciliación política son dos acciones restaurativas para enfrentar el pasado y romper la traumática memoria que pueden causar las ofensas de tipo individual o político. La reconciliación política difiere del perdón en que el primero es una política pública que involucra a toda la comunidad, mientras que el perdón es una medida restaurativa de carácter privado y qué ocurre entre el ofensor y el ofendido. Arguyo que en un régimen democrático inclusivo e igualitario el perdón y la reconciliación deben de respetar el igual valor y dignidad de los seres humanos. Tanto el perdón como la reconciliación política se asemejan en que ambas medidas requieren evaluar el pasado, bien que dicha reflexión implique una ofensa personal o la historia de injusticia de una comunidad política. Esta evaluación del pasado, primero, garantiza el reconocimiento moral o político de la ofensa; segundo, posibilita restaurar y honrar a las víctimas, y, finalmente, facilita la transformación personal y política de las personas. ; In this article I defend the idea that what we are as moral and as political beings is in part a product of the social and political environment in which we grow up. The political community plays an important role in the way we develop our moral character and political agency; therefore, one cannot understand or explain the moral character of an individual without the social and political context where this character is developed. I argue that if we live in democratic inclusive political communities, people are well equipped to mutually respect themselves and others as equal moral beings and citizens. In oppressive regimes people can develop defective ways to treat themselves and others personally and politically. My aim with this article is to discuss two important and complex notions: forgiveness and political reconciliation. Both terms constantly appear in the theoretical work about, as well as in case studies of peace processes and transitional democracies. I claim that forgiveness and political reconciliation are two restorative actions to deal with the past and to break the traumatic memory caused by individual or political offenses. Political reconciliation differs from forgiveness because the former is a collective practice and policy while the latter is a personal act. I argue that in a democratic inclusive regime, forgiveness and political reconciliation must respond to the equal worth of human beings. Forgiveness and political reconciliation share the necessity to evaluate the past, whether this reflection implies personal wrongdoings or the unjust history of the political community. This evaluation of the post guarantees: first, the moral or political recognition of the offense; second, the possibility to restore and honor the dignity of victims; and finally, processes of personal and political transformation. ; Neste artigo defendo a ideia de que o que nós somos como agentes morais e cidadãos é em parte produto do ambiente social e político no que crescemos. A comunidade política desempenha um papel preponderante no desenvolvimento de nossa agência moral e política. Assim, não é possível explicar o carácter moral de um indivíduo em forma separada do contexto social e político no qual dito carácter se desenvolve. Quando as pessoas vivem em regimes democráticos inclusivos, elas estão melhor equipadas para respeitar, em condições de igualdade, seu valor como pessoas e cidadãos. Em regimes opressivos, as pessoas são mais propensas a desenvolver formas defeituosas para tratar-se a si mesmos e aos demais. Neste artigo discuto duas complexas e importantes noções; o perdão e a reconciliação política. As duas noções aparecem em trabalhos teóricos, assim como em casos de estudo acerca de processos de paz e democracias transicionais. Defendo a ideia de que o perdão e a reconciliação política são duas ações restaurativas para enfrentar o passado e romper a traumática memória que podem causar as ofensas de tipo individual ou político. A reconciliação política difere do perdão em que o primeiro é uma política pública que envolve a toda a comunidade, enquanto que o perdão é uma medida restaurativa de carácter privado e que ocorre entre o ofensor e o ofendido. Arguo que em um regime democrático inclusivo e igualitário o perdão e a reconciliação devem de respeitar o igual valor e dignidade dos seres humanos. Tanto o perdão quanto a reconciliação política se assemelham em que ambas as medidas requerem avaliar o passado, bem que dita reflexão implique uma ofensa pessoal ou a história de injustiça de uma comunidade política. esta avaliação do passado, primeiro, garante o reconhecimento moral ou político da ofensa; segundo, possibilita restaurar e honrar às vítimas e, finalmente, facilita a transformação pessoal e política das pessoas.
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En este artículo defiendo la idea de que lo que nosotros somos como agentes morales y ciudadanos es en parte producto del ambiente social y político en el que crecemos. La comunidad política desempeña un papel preponderante en el desarrollo de nuestra agencia moral y política. Así, no es posible explicar el carácter moral de un individuo en forma separada del contexto social y político en el cual dicho carácter se desarrolla. Cuando las personas viven en regímenes democráticos inclusivos, ellas están mejor equipadas para respetar, en condiciones de igualdad, su valor como personas y ciudadanos. En regímenes opresivos, las personas son más propensas a desarrollar formas defectuosas para tratarse a sí mismos y a los demás. En este artículo discuto dos complejas e importantes nociones: el perdón y la reconciliación política. Las dos nociones aparecen en trabajos teóricos, así como en casos de estudio acerca de procesos de paz y democracias transicionales. Defiendo la idea de que el perdón y la reconciliación política son dos acciones restaurativas para enfrentar el pasado y romper la traumática memoria que pueden causar las ofensas de tipo individual o político. La reconciliación política difiere del perdón en que el primero es una política pública que involucra a toda la comunidad, mientras que el perdón es una medida restaurativa de carácter privado y qué ocurre entre el ofensor y el ofendido. Arguyo que en un régimen democrático inclusivo e igualitario el perdón y la reconciliación deben de respetar el igual valor y dignidad de los seres humanos. Tanto el perdón como la reconciliación política se asemejan en que ambas medidas requieren evaluar el pasado, bien que dicha reflexión implique una ofensa personal o la historia de injusticia de una comunidad política. Esta evaluación del pasado, primero, garantiza el reconocimiento moral o político de la ofensa; segundo, posibilita restaurar y honrar a las víctimas, y, finalmente, facilita la transformación personal y política de las personas. ; In this article I defend the idea that what we are as moral and as political beings is in part a product of the social and political environment in which we grow up. The political community plays an important role in the way we develop our moral character and political agency; therefore, one cannot understand or explain the moral character of an individual without the social and political context where this character is developed. I argue that if we live in democratic inclusive political communities, people are well equipped to mutually respect themselves and others as equal moral beings and citizens. In oppressive regimes people can develop defective ways to treat themselves and others personally and politically. My aim with this article is to discuss two important and complex notions: forgiveness and political reconciliation. Both terms constantly appear in the theoretical work about, as well as in case studies of peace processes and transitional democracies. I claim that forgiveness and political reconciliation are two restorative actions to deal with the past and to break the traumatic memory caused by individual or political offenses. Political reconciliation differs from forgiveness because the former is a collective practice and policy while the latter is a personal act. I argue that in a democratic inclusive regime, forgiveness and political reconciliation must respond to the equal worth of human beings. Forgiveness and political reconciliation share the necessity to evaluate the past, whether this reflection implies personal wrongdoings or the unjust history of the political community. This evaluation of the post guarantees: first, the moral or political recognition of the offense; second, the possibility to restore and honor the dignity of victims; and finally, processes of personal and political transformation. ; Neste artigo defendo a ideia de que o que nós somos como agentes morais e cidadãos é em parte produto do ambiente social e político no que crescemos. A comunidade política desempenha um papel preponderante no desenvolvimento de nossa agência moral e política. Assim, não é possível explicar o carácter moral de um indivíduo em forma separada do contexto social e político no qual dito carácter se desenvolve. Quando as pessoas vivem em regimes democráticos inclusivos, elas estão melhor equipadas para respeitar, em condições de igualdade, seu valor como pessoas e cidadãos. Em regimes opressivos, as pessoas são mais propensas a desenvolver formas defeituosas para tratar-se a si mesmos e aos demais. Neste artigo discuto duas complexas e importantes noções; o perdão e a reconciliação política. As duas noções aparecem em trabalhos teóricos, assim como em casos de estudo acerca de processos de paz e democracias transicionais. Defendo a ideia de que o perdão e a reconciliação política são duas ações restaurativas para enfrentar o passado e romper a traumática memória que podem causar as ofensas de tipo individual ou político. A reconciliação política difere do perdão em que o primeiro é uma política pública que envolve a toda a comunidade, enquanto que o perdão é uma medida restaurativa de carácter privado e que ocorre entre o ofensor e o ofendido. Arguo que em um regime democrático inclusivo e igualitário o perdão e a reconciliação devem de respeitar o igual valor e dignidade dos seres humanos. Tanto o perdão quanto a reconciliação política se assemelham em que ambas as medidas requerem avaliar o passado, bem que dita reflexão implique uma ofensa pessoal ou a história de injustiça de uma comunidade política. esta avaliação do passado, primeiro, garante o reconhecimento moral ou político da ofensa; segundo, possibilita restaurar e honrar às vítimas e, finalmente, facilita a transformação pessoal e política das pessoas.
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In: LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, Band 18, Heft 26, S. 441
ISSN: 2313-1861
En Panamá, la criminalidad se ha exacerbado aún en los actuales momentos de Pandemia y bajo los efectos del SARS CoV-2 conocido como Covid-19. Inclusive tipos de delitos atroces como el homicidio múltiple de jóvenes y aumento en el feminicidio. El objetivo del presente artículo es el de señalar el estado de los programas de resocialización en estos centros y su relación con la reincidencia delictiva. Como etodología se utilizó el análisis documental del material concerniente a diferentes eventos que evocan el funcionamiento de estos dos centros y como referente, un trabajo de investigación sobre el tema, realizado en ambos centros penitenciarios por el autor. Un indicador utilizado para medir la disminución de la criminalidad es la reincidencia delictiva, la cual se pretende disminuya a través de innovadores y efectivos programas de resocialización. La implementación de los programas de resocialización en los centros penitenciarios de La Joya y La Joyita tiene como objetivo la reinserción efectiva de los internos que culminan sus condenas para su retorno al entorno social del que provinieron. En estos recintos, los internos se adscriben a diferentes programas vocacionales, deportivos y educativos, los cuales algunos son realizados para adquirir conocimientos, y otros para conmutar o disminuir las penas. Este artículo ha sido realizado con el objeto de analizar los programas de resocialización y su relación con la reincidencia delictiva. Como resultado de este análisis observamos que los programas de resocialización existentes son en realidad pseudo programas, pues no fueron concebidos con los elementos que caracterizan un programa de resocialización. De tal forma concluimos que, al no ser realmente programas de resocialización, se desconoce si se produce la rehabilitación penitenciaria lo cual tiene injerencia o no en el aumento de la reincidencia delictiva.
In: Cuadernos del Centro de Estudios de Diseño y Comunicación, Heft 52
ISSN: 1853-3523
A principios de la década del ochenta, luego de las dictaduras que asolaronAmérica Latina, el subcontinente presenció la recuperación de la democracia. A diferenciade lo sucedido con las anteriores experiencias dictatoriales, esta vez, surgió la creencia deque los delitos atroces cometidos por los regímenes militares debían ser alcanzados poralgún tipo de justicia retroactiva. Los nuevos gobiernos democráticos llevaron adelantedistintas iniciativas de justicia transicional en Brasil, Bolivia, Uruguay, Chile, Argentina.En el caso de nuestro país, la política de los Derechos Humanos adquirió un carácterespecial en cuanto a su amplitud, profundidad y extensión en el tiempo. Desde la restauración democrática, en 1983, hasta nuestros días, diversas medidas –como la creación dela comisión de verdad, CONADEP, la publicación del informe Nunca más, el enjuiciamiento de los máximos responsables de violaciones a los derechos humanos, la fundacióndel Equipo Argentino de Antropología Forense, la inclusión del tema en los programasescolares, la implementación de políticas de reparación y la erección de museos, entreotras– conformaron uno de los logros más acabados en materia de justicia transicional.Dentro de la trayectoria seguida por los Derechos Humanos en la Argentina, el Juicio alas Juntas Militares, que tuvo lugar entre abril y diciembre de 1985, es, sin duda, un hitofundamental, por su carácter inédito y porque se convirtió en el disparador de nuevas demandas que imprimirán al proceso, una dinámica que llega hasta hoy. Para Hugo Vezzetti,el juicio a las juntas, constituye una escena, un punto de inflexión en la historia reciente yaque condensa una trama histórica y, a la vez, se convierte en un núcleo duro y persistentesobre el cual vuelve el trabajo de la memoria. Compartiendo tal perspectiva, el presentetrabajo apunta a volver a este hecho fundacional de la Argentina actual, intentando explicar cómo se llegó al Juicio y sus derivaciones en el en el conjunto del proceso de justiciaretroactiva que lleva ya cerca de tres décadas.
El artículo destaca la existencia en la historia colombiana de siete grandes eventos de perdón en los que se concedieron amnistías e indultos a delincuentes políticos pero también a comunes. Siete coyunturas que sobresalen en medio de más de dos centenares de beneficios jurídicos otorgados en su mayoría a delincuentes políticos a lo largo de la historia de Colombia. Siete coyunturas en que se quebraron los mandatos constitucionales de no otorgar esos beneficios a simples delincuentes comunes ni a delincuentes políticos que hubieran cometido delitos atroces. Esa singular tendencia aparece asociada a cambios constitucionales, a la idea de realizar transformaciones político-sociales y a la intención de refundar de nuevo la nación. A esos perdones se llegó por dos vías: La expedición de normas claras en tal sentido; o llamando a los beneficios por otro nombre o torciéndole el sentido a las reglas. En momentos en que se habla de la terminación del conflicto es importante preguntarnos si no estaremos repitiendo la historia, sin tener en cuenta las lecciones que ella nos ha dejado. ; The article highlights the existence in Colombian history of seven major events in which forgiveness is granted amnesties and pardons to political offenders but also common. Seven joints that stand in the middle of more than two hundred legal benefits granted to political offenders mostly along the history of Colombia. Seven joints that broke the constitutional mandates of not granting such benefits to simple common criminals and political offenders who have committed heinous crimes. This trend is associated singular constitutional changes, to the idea of social and political transformations intended to refound the nation again. To those pardons were reached in two ways: The issuance of clear rules in this regard, or by calling the benefits by another name or twisting the meaning of the rules. At a time when we talk about the end of the conflict is important to ask whether we are repeating history, regardless of the lessons she has left us.
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Un tema de discusión semejante no es fácil de abordar, ya que se remonta a los orígenes de la civilización misma. Desde el punto de vista jurídico, es un enfrentamiento entre dos principios fundamentales básicos de cualquier sistema normativo occidental, esto es, entre el principio de libertad y el principio de justicia que se encuentran inmersos y omnipresentes en la esencia misma del derecho. Aunque la ciencia jurídica parece ser la encargada de decidir si es justificable quitar la vida de alguien, la discusión profunda involucra campos del conocimiento que van desde la religión hasta las ciencias naturales y alcanza la órbita de otros problemas jurídicos difíciles como el aborto y la eutanasia. No obstante, el análisis que se pretende llevar a cabo en este ensayo centrará su objeto de estudio concretamente en el caso colombiano y más precisamente en la pena capital como castigo para los delitos graves y atroces cometidos contra los menores de edad. Toda vez que el ordenamiento jurídico colombiano prohíbe expresamente la pena capital, el presente será un análisis meramente teórico-filosófico del asunto, tomando como punto de partida la delimitación de conceptos clave como los son justicia y libertad. No es la pretensión última de este precario ensayo llegar a justificar la pena de muerte como medida coercitiva definitiva, tampoco afirmar categóricamente que sea este el castigo idóneo para la disminución de los delitos graves y atroces en contra de menores, no solo en Colombia, sino en la mayoría de países. Es más bien una postura crítica hacia la degradación de la sociedad colombiana y la indiferencia y casi olvido por parte del Estado hacia los sectores más vulnerables de la misma, viéndose reflejado esto último en la ausencia de mecanismos que puedan hacer efectivas las ordenanzas que protegen a los menores. ; A similar subject of discussion is not easy to address, since it goes back to the origins of civilization itself. From the legal point of view, it is a confrontation between two basic fundamental principles of any Western normative system, that is, between the principle of Freedom and the principle of Justice, which are immersed and omnipresent in the very essence of law. Although legal science seems to be responsible for deciding whether it is justifiable to take someone's life, deep discussion involves fields of knowledge ranging from religion to the natural sciences, and reaches the orbit of other difficult legal issues such as abortion and euthanasia. However, the analysis that is intended to be carried out in this essay will center its object of study, specifically in the Colombian case and more precisely, in capital punishment as punishment for serious and atrocious crimes committed against minors. Since the Colombian legal system expressly prohibits capital punishment, the present will be a purely theoretical-Philosophical analysis of the matter, taking as a starting point the delimitation of key concepts, such as justice and freedom. It is not the ultimate pretense of this precarious trial to justify the death penalty as a final coercive measure, nor to state categorically that this is the appropriate punishment for the reduction of serious and atrocious crimes against minors, not only in Colombia, but also in Colombia. Most countries. It is rather a critical position towards the degradation of Colombian society, and the indifference and almost forgetfulness on the part of the State towards the most vulnerable sectors of it, this being reflected in the absence of mechanisms that can make effective the ordinances that protect to the minors.
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In: Latin American perspectives, Band 41, Heft 1, S. 124-142
ISSN: 1552-678X
The coming of peace in Central America after several decades of civil war and military dictatorships has not resulted in an end to violence. Murder rates have risen to such a degree that these countries are among the most violent in the world. One form of violence that has received a great deal of attention is the murder of women, but many argue that this is only one of many forms of violence that women face on a daily basis. The women's organizations that have emerged in Guatemala since the end of the civil war have focused on demanding greater political and economic rights for women and laws that recognize violence against women as a crime and improve the mechanisms for investigating and prosecuting it. Two recent laws redefine sex crimes in such a way as to suggest that they should be seen as heinous acts regardless of the woman's sexual history, character, or age. Though these discursive changes are a triumph, problems with the legal system and the persistence of sexist ideologies have so far limited the effectiveness of these new laws.La llegada de la paz a Centroamérica tras varias décadas de guerra civil y dictaduras militares no ha puesto fin a la violencia. El índice de asesinatos ha aumentado a tal grado que estos países se encuentran entre los más violentos del mundo. Una forma de violencia que ha recibido mucha atención es el femicidio, pero muchos argumentan que esta es sólo una entre muchas formas de violencia que las mujeres enfrentan a diario. Las organizaciones de mujeres que han surgido en Guatemala desde el fin de la guerra civil se han centrado en demandar mayores derechos políticos y económicos para las mujeres y leyes que reconozcan como delito la violencia contra la mujer, mejorando los mecanismos de investigación y justicia. Dos leyes recientes redefinen los delitos sexuales de tal forma que sugieren que pueden considerarse actos atroces sin importar la edad, carácter o historia sexual de la mujer. Aunque estos cambios discursivos representan un triunfo, los problemas con el sistema legal y la persistencia de ideologías machistas han limitado, hasta ahora, la eficacia de estas nuevas leyes.
The gangs or gangs in El Salvador appeared strongly in the 1980s, but particularly in 2003 the criminal wave manifested itself in heinous and inhuman crimes such as beheadings, rapes, dismemberment of people, which seemed to be a mechanism to call society's attention to the marginalization they were in; This in turn resulted in a response from the authorities carrying out repressive measures and the formulation of special laws, in order to reduce the criminal boom of the gangs. The investigation was descriptive and the types of crime that are usually committed by gang members, which are regulated in the Criminal Code and in the so-called Anti-maras Law, are taken as a sample. The hypothesis stated that the Criminal Code does not diminish the criminal actions of gangs, but that all it does is punish unlawful behaviors constantly committed by theseindividuals The results showed that the type of crime most frequently committed by gang members are those related to personal integrity such as non-serious injuries and serious injuries; heritage crimes such as: aggravated robbery and aggravated robbery, aggravated theft and aggravated theft; crimes related to individual freedom and public peace such as: threats, illicit associations, belonging to a mara or gang. Regarding the Judicial Resolutions pronounced by the Judges consulted at the time of applying the Criminal Legislation to the gang members were: formal instruction, definitive dismissal, provisional dismissal and conciliation. In general, it was concluded that the Criminal Legislation in force during the course of the investigation was not effective in controlling gang crime in the city of Santa Tecla. ; Las maras o pandillas en El Salvador aparecieron con fuerza en la década de los ochentas, pero particularmente en el año 2003 la ola criminal se manifestó en crímenes atroces e inhumanos como decapitaciones, violaciones, descuartizamientos de personas, lo cual pareci6 ser un mecanismo para llamar la atención de la sociedad ante la marginación en que se encontraban; esto a su vez trajo como consecuencia una respuesta por parte de las autoridades Llevando a cabo medidas represivas y la formulación de Leyes especiales, con el fin de disminuir el auge delictivo de las pandillas. La investigación fue de tipo descriptiva y se tome como muestra los tipos de delito que usualmente son cometidos por los pandilleros, los cuales se encuentran regulados en el Código Penal y en las Llamadas Leyes antimaras. La hipótesis planteada sostenía que el Código Penal no disminuye ni mucho menos erradica el accionar delictivo de las pandillas, sino que lo único que hace es sancionar conductas antijurídicas cometidas constantemente por estos individuos. Los resultados mostraron que el tipo de delito que con mayor frecuencia cometen los miembros de pandillas son los relativos a la integridad personal coma lesiones no graves y lesiones graves; delitos relativos al patrimonio como: robo no agravado y robo agravado, hurto no agravado y hurto agravado; delitos relativos a la libertad individual y a la paz pública como: amenazas, asociaciones ilícitas, pertenencia a una mara o pandilla. En cuanto a las Resoluciones Judiciales pronunciadas par los Jueces consultados al momento de aplicar la Legislación Penal a los miembros de las pandillas fueron: instrucción formal, sobreseimiento definitivo, sobreseimiento provisional y conciliación. En general se concluy6 que la Legislación Penal vigente durante el desarrollo de la investigación no era eficaz en el control de la delincuencia de pandillas en Ia ciudad de Santa Tecla.
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The 25 of July of 2005, the national government presided by Álvaro Uribe Vélez, adopted in the Colombian legal ordering well-known Law 975 of 2005 like "Law of justice and peace"; which must have as a generic aim to order "dispositions for the restoration of members of warrior groups organized to the margin of the law, that contribute in an effective way to the achieve national peace (.)", this law is very controverted and torrid and it has been object of several unconstitutionality demands. These norms were raised as a consequence of the Álvaro Uribe government agreements, with the selves defenses for their dismobility, process that imply to adequate the current legislation to make it easier, due to the inapplicability of Law 782 rom 2002 and Decree 128 of 2003 to committed criminal facts during and with occasion of the permanence in warrior groups, which do not have the amnistiable or indultable qualities. In this matter the adaptation of the accusatory criminal system is marked to those punibles conducts, where the subject on which falls the penalty action is the dismobilized one, no matter if he does in an individual or collective way, situation that evidences one of the multiple missing pieces that are seen at the moment of the execution of the law, due to the individual demobilizations suffer a dissimilar proceeding to the collective one. But from the point of the force that has the international pacts in the Colombian political Constitution, it is evident that this norms goes against the international texts recognized by the legislator and that they are part of the political pact. The law that ratifies the of Rome agreement about the Penal Court and the crimes that this one can judge are taxative in which the crimes of lesa humanity, the war crimes and the genocide are imprescriptibly, they can not be indulted, nor amnestied. The enchained hands which the Colombian government was put under sovereignly is not only for the executive authority, but that it limits also the legislative power and the judicial power when it is to pardon and to judge the people in charge of the atrocious crimes and of lesa humanity. The problem is that by means of a constitutional reform the norms of the Penal Court were incorporated and the law of recognition was approved in the internal order of the Statute of Rome (2002 law 742) and of the competence of the Court was approved too. To unravel the nature, I reach and implications of the law of justice and peace, if in essence is a conducive project to clarify the truth, justice and the integral repair to all the victims, in a process that involves to all the actors, groups and sectors jeopardize in the armed conflict Colombian or on the contrary a directed initiative impunity, the pardon and the forgetfulness of all the crimes of lesa humanity committed by the paramilitary, to establish if it incorporates a directed policy of state to solve two aspects that to our critery are the power stations in the solution of the present Colombian conflict, which they are: the displacement and the fight by the land, centric aspects of the investigation project "Displacement and Land within the framework of the Policy of Justice and Peace", on the critery of which the society, the academy, the university, the students and in individual the right faculties must investigate and debate so controverted law that will affect the past, present and future of our nation, to which it is not possible to be outside of the discussion. The present articule is an investigative advance that about the law 975 of 2005 presents the investigative group from its legal analysis and constitutional control that allowed to interpose a demand of partial unconstitutionality against the articule 5 o that incorporates the victim definition. ; El 25 de julio de 2005 el Gobierno Nacional, presidido por Álvaro Uribe Vélez sancionó, incorporando al ordenamiento jurídico colombiano, la Ley 975 de 2005 conocida como "Ley de Justicia y Paz", la cual tiene como fin genérico dictar "disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional (.)", ley controvertida y controversial que ha sido objeto de múltiples demandas de inconstitucionalidad.Dicha normatividad, que surge como consecuencia de los acuerdos del gobierno de Álvaro Uribe Vélez con las autodefensas para su desmovilización, proceso que implica adecuar la legislación existente para su facilitación, dada la limitación de la Ley 782 de 2002, prorrogada por la Ley 1106 de 2006 y el Decreto 128 de 2003 a hechos delictivos cometidos durante y con ocasión de la permanencia en grupos armados al margen de la ley, que no revistan las calidades de ser amnistiables o indultables. En ella se marca la adaptación del sistema penal acusatorio a tales conductas punibles, donde el sujeto sobre el cual recae la acción penal es el desmovilizado, independientemente lo haga de forma individual o colectiva, situación que evidencia una de las múltiples falencias que se ven en el momento de ejecución de la ley, en virtud que las desmovilizaciones individuales sufren un trámite disímil al que reciben las colectivas.Pero, a la luz de la fuerza que tienen los pactos internacionales en la Constitución Política colombiana, es evidente que esta normatividad va en contravía con los textos internacionales acogidos por el legislador y que son parte del pacto político. La ley que ratifica el Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional y los crímenes que ésta puede juzgar es taxativa en que los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el genocidio son imprescriptibles, y no pueden ser indultados ni amnistiados.Esa atadura de manos a la que el gobierno colombiano se sometió soberanamente no es sólo para el poder ejecutivo, sino que limita también al poder legislativo y al judicial cuando se trata de perdonar y juzgar a los responsables de los delitos atroces y de lesa humanidad. El problema es que mediante una reforma constitucional se incorporaron las normas de la Corte Penal Internacional y se aprobó seguidamente la ley de reconocimiento en el orden interno del Estatuto de Roma (Ley 742 de 2002) y de la competencia de la Corte.Desentrañar la naturaleza, alcances e implicaciones de la ley de justicia y paz, si en esencia es un proyecto conducente a esclarecer la verdad, la justicia y la reparación integral a todas las victimas, en un proceso que involucre a todos los actores, grupos y sectores comprometidos en el conflicto armado colombiano, o por el contrario una iniciativa dirigida a la impunidad, el perdón y el olvido de todos los crímenes de lesa humanidad cometidos por los paramilitares; establecer si incorpora una política de Estado dirigida a resolver dos aspectos que a nuestro criterio son los centrales en la solución del actual conflicto colombiano, que son: el desplazamiento y la lucha por la tierra, aspectos centrales del proyecto de investigación Desplazamiento y Tierra en el Marco de la Política de Justicia y Paz, sobre el criterio de que la sociedad, la academia, la universidad, los estudiantes y en particular las facultades de derecho deben investigar y debatir tancontrovertida ley que afectará el pasado, presente y futuro de nuestra nación, al cual no se puede ser ajeno.El presente artículo es un avance de investigación que sobre la Ley 975 de 2005 presenta el grupo de investigación a partir de su análisis jurídico y control constitucional, que permitió interponer una demanda de inconstitucionalidad parcial contra el artículo 5o que incorpora la definición de víctima.
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