El presente trabajo tiene por objeto el análisis tanto de la normativa estatal de protección a los consumidores, como de la normativa comunitaria existente en la materia, en relación con los contratos hipotecarios bancarios, cuyo clausulado ha resultado gravemente lesivo para los consumidores debido a las consecuencias desproporcionadas que comporta su incumplimiento. Ello ha llevado, en la actual situación de gravísima crisis económica, a multitud de ejecuciones hipotecarias que han llegado a afectar a los derechos fundamentales de los ciudadanos ; This paper focuses on the analysis of both the national consumer protection laws and the EU consumer protection legislation, with regard to bank mortgage loans, whose clauses have been proved to be seriously detrimental for consumers due to the disproportionate consequences that its non-fulfillment entails. In the current financial crisis, this has led to an increasing number of foreclosures violating fundamental citizen rights.
42 páginas. ; Trabajo Fin de Curso de Experto Universitario en Derecho Bancario (2014/15). Director: Juan Ignacio Peinado Gracia ; Tutora: Yolanda González Guerrero. El Proyecto examina las causas de oposición a la ejecución hipotecaria por motivos de fondo, haciendo una breve referencia a los antecedentes legislativos. A continuación, se analizan en concreto las causas de oposición del art. 695.4 LEC, con detenimiento particular en el carácter abusivo de alguna cláusula contractual, donde se estudian alguna de ellas. Finalmente, se explica la tramitación del procedimiento de oposición exponiendo algunas dudas que se plantean en la práctica actual forense y diaria.
[ES] Mi investigación está dirigida a examinar la hipoteca en los tiempos modernos, especialmente, mirándola desde el procedimiento de ejecución como mecanismo para hacer efectiva su función de garantía crediticia, pero inscribiéndola en las garantías que se deben brindar a los ciudadanos de que sus derechos no sean quebrantados por el abuso del poder económico y su situación jurídica vulnerable. El objetivo último es trabajar en mi país para producir reformas legislativas que estén en el rumbo moderno. En esta tesis he estudiado la institución de la hipoteca desde su concepto y antecedentes, hasta todas las situaciones que con el devenir jurídico se ha presentado con la hipoteca, se hizo un análisis de Derecho comparado de la hipoteca entre el Derecho Español y el Derecho Hondureño, examinando los problemas y avances que ha tenido el ordenamiento Español, comparándolo con el ordenamiento Hondureño, pues debemos de reconocer que el Código Procesal Civil se inspiró en la Ley de Enjuiciamiento Civil 2000. Dentro de su característica principal que se estudió en sus origines es el carácter accesorio de la hipoteca a la obligación garantizada, que la hipoteca sigue la suerte de la obligación principal, no obstante y como ya mencionaba con el devenir jurídico de la hipoteca, derivada de la realidad socio económica actual se han creado nuevas modalidades de hipoteca, en las cuales la hipoteca no es solamente un derecho accesorio, el análisis de algunos supuestos nos llevan a determinar que existe un quiebre del principio de accesoriedad de hipoteca, como ser: 1) Hipoteca en garantía de obligaciones futuras, establecida en los artículos 142 y 143 de la Ley Hipotecaria, 2) La Hipoteca Condicional 3) La prescripción de la acción hipotecaria 4) La hipoteca Flotante, 5) La hipoteca recargable, por lo que al examinar las nuevas modalidades de hipoteca, se concluye que la teoría de la accesoriedad se ha quebrado, ya que no puede explicar las nuevas relaciones hipotecarias, pues la hipoteca en algunas ocasiones vive con independencia de obligación. En el capítulo segundo estudiamos que en los contratos de hipoteca con entidades financieras, se establecen un conjunto de cláusulas que regulan diversos aspectos atinentes a condiciones generales o específicas, es muy frecuente que el deudor se someta a las clausulas impuestas por el acreedor hipotecario debido a la necesidad del préstamo o de la obligación asumida. Es frecuente que el deudor hipotecario se someta a clausulas impuestas por el acreedor hipotecario debido a la necesidad del préstamo o de la obligación asumida, esta situación pone al deudor en desventaja y da pie a que muchas veces se establezcan clausulas completamente desventajosas para el consumidor financiero, voy a mencionar las clausulas más comunes y algunas de ellas han sido calificadas abusivas y consideradas nulas. En el capítulo tercero se analiza el control de las cláusulas del Contrato de Hipoteca, como ya mencione en Honduras no se cuenta con una legislación específica que trate el tema las cláusulas de los contratos con créditos hipotecarios, aun no se ha establecido por la legislación ni por la jurisprudencia que los contratos de crédito hipotecario sean considerados contratos de adhesión, Siendo que en Honduras el crédito hipotecario no es considerado contrato de adhesión, no existe ninguna exigencia para los Notarios en cuanto a autorizar un contrato de hipoteca con consumidores, es decir no existe el control de la conformidad al contenido contractual del mismo, ni deber de informar a las partes las repercusiones jurídicas de las mismas, por cuanto el contrato de hipoteca es considerado un acuerdo de voluntades. Además el artículo 84 del Texto Refundido de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios, establece para los Notarios y Registradores la prohibición de autorizar e inscribir contratos o negocios en los que se pretenda la inclusión de cláusulas declaradas nulas por abusivas en sentencia inscrita en Registro de Condiciones Generales de Contratación, así mismo el artículo 18.1 de la Ley 2/2009 de 31 de marzo, sobre consumidores de préstamo y créditos hipotecarios señala que en su condición de funcionarios públicos y derivados de su deber genérico de control de legalidad de los actos o negocios que autorizan, los Notarios denegaran la autorización del préstamo o créditos con garantía hipotecaria cuando el mismo no cumpla los requisitos previstos en la Ley. El procedimiento de Ejecución regulado en España en el capitulo V titulo IV del libro III en los articulo 681 y subsiguientes, en Honduras regulado en el libro Sexto, Titulo séptimo, artículos 887 y subsiguientes. Así mismo encontramos el Código Civil que en Honduras al igual que en España que regula lo relativo a los contratos. La especialidad de la Ejecución hipotecaria se encontraba fundamentalmente en la regulación de oposición, en la extraordinaria limitación de los motivos en que puede fundarse, el sistema Español de Ejecución Hipotecaria ha sido objeto de una profunda revisión legislativa materializada a través de la Ley 1/2013 de mayo de Medidas para reforzar la Protección de Deudores Hipotecarios, Reestructuración de deuda y Alquiler social. La referida Ley procede a modificar a modificar tanto la Ley Hipotecaria como la LEC, con el fin de potenciar los derechos y garantías de los deudores hipotecarios. La Ley introduce como causa de oposición la existencia de cláusulas abusivas, como consecuencia de la Jurisprudencia del TJUE, que hizo insostenible mantener el sistema que no podía articular como causa de oposición, dentro del ámbito de los derechos de los consumidores, reflejado en la Directiva 93/13/CE, La existencia de cláusulas abusivas, reformando el articulo 695.1 numeral 4, que permite la oposición por la existencia de cláusulas abusivas que sean fundamento de la oposición o hayan determinado la cantidad exigible, así como la facultad del Juez para examinar de oficio las clausulas. El TJUE señala que este control debe ser realizado por el Juez nacional tan pronto como disponga de los elementos de hecho y de Derecho para ello. Y que cuando considere que tal clausula es abusiva se abstendrá de aplicarla, salvo si el consumidor se opone, aunque es de advertir que el control de oficio no supone ausencia de debate contradictorio entre las partes. Nos proponemos trabajar en Honduras en la formulación de una ley Hipotecaria que regule aspectos sustantivas como procesales, especialmente relativos a las formas de contratación, pues bajo la forma de los contratos de adhesión, queda disminuido el deudor, en ese sentido debe incorporarse aspectos como: El consentimiento informado, la exigencia de la aplicación del principio de transparencia; la posibilidad de control registral de cláusulas abusivas y obviamente ampliar las defensas del ejecutado que pueda proponer como defensa la existencia de cláusulas, asi como facultar al juzgador para declararlas de oficio.
El presente artículo analiza las consecuencias jurídicas y las medidas adoptadas para la protección de los deudores hipotecarios, en concreto, en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social, dictada como consecuencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013 que declaraba que la normativa hipotecaria española era contraria a la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas. En especial, se centra en la posibilidad del juez de controlar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas contractuales en el seno de un procedimiento de ejecución hipotecaria. This paper analyses both the legal consequences and the measures taken within the mortgagors´ protection. Specifically, it is focus on the Law 1/2013, May 14, of measures to strengthen the protection of the mortgagors, debt restructuring and social rental, as a consequence of the Judgment of the Court of Justice of the European Union of 14 March, which declared that the Spanish mortgage Law was opposed to the Directive 93/13/EEC, on unfair terms in consumer contracts. This paper studies the control of fairness made by the judge within a foreclosure process.
El presente artículo analiza las consecuencias jurídicas y las medidas adoptadas para la protección de los deudores hipotecarios, en concreto, en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social, dictada como consecuencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013 que declaraba que la normativa hipotecaria española era contraria a la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas. En especial, se centra en la posibilidad del juez de controlar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas contractuales en el seno de un procedimiento de ejecución hipotecaria. This paper analyses both the legal consequences and the measures taken within the mortgagors´ protection. Specifically, it is focus on the Law 1/2013, May 14, of measures to strengthen the protection of the mortgagors, debt restructuring and social rental, as a consequence of the Judgment of the Court of Justice of the European Union of 14 March, which declared that the Spanish mortgage Law was opposed to the Directive 93/13/EEC, on unfair terms in consumer contracts. This paper studies the control of fairness made by the judge within a foreclosure process.
El presente trabajo tiene por objeto situar y analizar la problemática de las cláusulas abusivas en el marco del actual procedimiento de ejecución hipotecaria, así como de otras prácticas vinculadas al préstamo hipotecario tras las reformas legislativas acontecidas en España en aplicación de las últimas sentencias del TJUE. En concreto analizaremos la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 14 de marzo de 2013 que marcó un antes y un después en el tratamiento de este asunto. ; Máster Universitario en Acceso a la Abogacía por la Universidad Pública de Navarra ; Abokatutzarako Sarbiderako Unibertsitate Masterra Nafarroako Unibertsitate Publikoan
El estallido de la burbuja inmobiliaria y la crisis financiera global han permitido destapar de forma más evidente las consecuencias del modelo inmobiliario español, basado en la concepción de la vivienda como un instrumento de creación y apropiación de rentas, y apoyado en una progresiva financiarización de la vivienda. Así, la proliferación de vivienda vacía o inacabada, mientras se desbocan los desahucios, representa la principal manifestación de una situación paradójica.El trabajo desarrolla un análisis en clave territorial de la crisis inmobiliaria en Cataluña. Para ello, una de las variables clave es el estudio de los desahucios por ejecución hipotecaria. Ante la falta de datos oficiales sobre el volumen y distribución de este fenómeno a una escala inferior a la provincial o a la del partido judicial, el trabajo propone el uso de las viviendas de segunda mano propiedad de la banca como fuente secundaria alternativa. Ello permite desarrollar una aproximación a este fenómeno a escala inframunicipal a través de tres casos de estudio (Tarragona, Terrassa y Salt). Además de confirmar la utilidad de esta fuente, los resultados del trabajo permiten demostrar empíricamente como los desahucios por ejecución hipotecaria han tendido a concentrarse en aquellos barrios más desfavorecidos, contribuyendo, así, a profundizar la desigualdad en las ciudades.
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013 declaró que la normativa española sobre ejecuciones hipotecarias se oponía a la Directiva 93/13/CEE por carecer de mecanismos de oposición basados en el carácter abusivo de una cláusula contractual, y por no permitir al juez que apreciare la existencia de cláusulas abusivas la adopción de medidas cautelares, como la suspensión de la ejecución. De este modo, la reforma de la LEC devino imperativa para el legislador español y se materializa en la Ley 1/2013 de 14 de mayo. A lo largo del siguiente artículo se realiza un análisis de las distintas posibilidades por las que pudo optar el legislador para garantizar el control de abusividad en el contexto de un proceso de ejecución hipotecaria, y se estudian los mecanismos de control de abusividad finalmente introducidos por la Ley 1/2013, y sus implicaciones. The Judgment of the Court of Justice of the European Union of 14 March 2013 declared that the Spanish legislation on foreclosures was opposed to the Directive 93/33/EEC because it lacks opposition mechanisms based on the unfairness of a contractual term and for not allowing the judge in the principal proceeding to adopt precautionary measures, such as suspension of the foreclosure. Thus, the reform of the LEC became imperative for the Spanish legislator and it is embodied in the Law 1/2013. The present paper develops an analysis of the different possibilities which the legislature could choose to ensure control of unfairness in the context of a foreclosure process, and discusses the control of fairness mechanisms introduced finally by the Law 1/2013, and its implications
Algunas de las instituciones o reformas contenidas en la Ley 24.441 han servido en otros países, tales como Estados Unidos, Inglaterra, España o México para impulsar la industria de la construcción, y teniendo como trascendental objetivo movilizar el crédito, nuestro legislador se valió de regulaciones extranjeras pretendiendo lograr que las entidades financieras tengan liquidez. Pero la Ley 24.441 es improvisadamente inconstitucional, llena de institutos ajenos a nuestro sistema, ideología y bases jurídicas. Además, carece de método. No usa la terminología ni emplea una técnica legislativa adecuada. Su manifiesta influencia anglosajona se deja ver en las reiteradas remisiones al criterio judicial, dando al Juez una participación legisferante opuesta casi por completo a las funciones de un Juez de un sistema de derecho continental.
Los efectos de la crisis económica se han mostrado tanto en la sociedad como en el plano jurídico, especialmente, en el ámbito procesal civil de la ejecución hipotecaria. Ha sido gracias al acervo comunitario y a las sentencias interpretativas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se produjeron las primeras modificaciones legislativas en aras de la protección del consumidor, dándose lugar a la incorporación de las cláusulas abusivas como causa de oposición en la ejecución hipotecaria.