El proceso de terminación anticipada en el nuevo Código Procesal Penal Peruano
In: LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, Band 7, Heft 6, S. 557
ISSN: 2313-1861
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El proceso especial de terminación anticipada al tener su origen en el plea bargaining o acuerdo negociado norteamericano, su adopción en nuestro Código Procesal Penal grafica la anteriormente mencionada "marcha triunfal del procedimiento penal norteamericano". En efecto, aun cuando algunos autores sostengan que la formulación legal de la institución deriva de los textos procesales colombiano e italiano o se sostenga incluso que se trata de · una derivación de la conformidad española o de la mediación alemana; es inobjetable que la institución de la terminación anticipada -más allá de sus antecedentes legislativos y las diferencias existentes-tiene su origen en el Derecho norteamericano que provoca incluso que dicha figura sea, en algunos países como Alemania, aplicada a pesar de no tener sustento legal. El Código Procesal penal otorga alcance general a la terminación anticipada, lo cual significa que en el nuevo proceso penal absolutamente toda 9h~se de imputación penal puede . derivar en un acuerdo de terminación anticipada. ; Tesis para doctorado
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El sistema penal acusatorio, implementado en Colombia mediante la ley 906 de 2006, establece una serie de principios orientados a su constitucionalización y a la realización de dichos principios en pro de la dignidad humana, los derechos fundamentales y la supremacía de la constitución. Es así, que se pueden destacar las directrices que la constitución da al proceso penal en Colombia, entre ellas, las conductas y hechos que son objeto de persecución, los requisitos implícitos para que una conducta sea punible, las maneras de iniciar la persecución por parte del ente acusador: denuncia, querella u oficio. Y, al mismo tiempo, expresa la irrenunciabilidad de la persecución penal a dichas conductas; sin embargo, también hace una especificación legislativa en cuanto a las formas en que se puede renunciar a dicha obligación constitucional.
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El propósito de la presente trabajo de investigación fue analizar los factores que han influenciado para que el proceso inmediato se constituya en un nuevo medio de coacción para someterse a la terminación anticipada en el proceso penal; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -normativa-teórica- y por su naturaleza fue cualitativa; empleándose la técnica documental y análisis de contenido y la argumentación jurídica, como método del diseño metodológico para validar la hipótesis. En la investigación se ha obtenido como resultado que entre las modificaciones planteadas a la regulación del Proceso Inmediato, se encuentran las previstas en los artículos 447 y 448 del NCPP, en los que se aprecia si bien una estructura de mayor complejidad, ello a su vez también permite una más rápida atención a los plazos de corta duración establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1194; concluyendo que el proceso inmediato desnaturaliza la esencia garantista del Nuevo Código Procesal Penal, afectando garantías y derechos constitucionales, imponiendo un plazo irrazonable para llevar a cabo un juicio, comenzando desde la detención o diligencias preliminares. Así mismo, se ha generado un nuevo sistema procesal, el cual resulta contradictorio, cuando a nivel fiscal, ya se tenía el principio de oportunidad para concluir un proceso. Y atenta en contra del principio de Presunción de Inocencia, al no exigirse como condición "sine qua non" para incoar este proceso, que los tres requisitos sean conjuntivos, y no disyuntivos como los plantea esta Ley. ; El propósito de la presente trabajo de investigación fue analizar los factores que han influenciado para que el proceso inmediato se constituya en un nuevo medio de coacción para someterse a la terminación anticipada en el proceso penal; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -normativa-teórica- y por su naturaleza fue cualitativa; empleándose la técnica documental y análisis de contenido y la argumentación jurídica, como método del diseño metodológico para validar la hipótesis. En la investigación se ha obtenido como resultado que entre las modificaciones planteadas a la regulación del Proceso Inmediato, se encuentran las previstas en los artículos 447 y 448 del NCPP, en los que se aprecia si bien una estructura de mayor complejidad, ello a su vez también permite una más rápida atención a los plazos de corta duración establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1194; concluyendo que el proceso inmediato desnaturaliza la esencia garantista del Nuevo Código Procesal Penal, afectando garantías y derechos constitucionales, imponiendo un plazo irrazonable para llevar a cabo un juicio, comenzando desde la detención o diligencias preliminares. Así mismo, se ha generado un nuevo sistema procesal, el cual resulta contradictorio, cuando a nivel fiscal, ya se tenía el principio de oportunidad para concluir un proceso. Y atenta en contra del principio de Presunción de Inocencia, al no exigirse como condición "sine qua non" para incoar este proceso, que los tres requisitos sean conjuntivos, y no disyuntivos como los plantea esta Ley. ; Tesis
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La Terminación Anticipada es un acuerdo entre el procesado y la Fiscalía, con admisión de culpabilidad de los cargos que se formulan, permitiéndole al encausado la obtención de la disminución punitiva. La interpretación literal de la norma procesal penal aplicable al proceso especial de la terminación anticipada, actualmente desincentiva la negociación, promoción y trámite de la terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal; sin embargo, el criterio de interpretación utilizado por los operadores de la justicia penal es insuficiente, si se tiene en cuenta la naturaleza de las fases –escrita y oral– de la etapa intermedia del proceso penal, que los mismos Jueces Penales de la Corte Suprema de la República, han caracterizado y distinguido, por lo tanto, una interpretación sistemática de la norma procesal penal y en su caso la interpretación del principio pro hómine, permiten comprender que sí es posible legalmente la celebración de una audiencia especial de terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal. La terminación anticipada en la etapa intermedia, que nos hemos propuesto investigar, cobra especial importancia en la actual coyuntura político criminal, que actualmente ha incorporado nuevos tipos penales e incrementado notablemente la carga procesal de los juzgados penales a nivel nacional, de ahí la importancia de reconocer a la terminación anticipada en un mecanismo procesal que se inspira en los principios de celeridad y economía procesal, se propone evitar el juicio oral y el rigor de la prueba, por el consenso negociado sometido a control judicial. El control judicial a cargo del Juez de Investigación Preparatoria como director de la Etapa Intermedia, consideramos debe ser respetuoso del principio de legalidad y proporcionalidad fundamentalmente, en esa línea garantiza el derecho de sanción a cargo del Estado, el derecho de acceso a la justicia del acusado y el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva del agraviado a través del pago de la reparación civil; evitando de ese modo la postergación innecesaria de estos derechos de los justiciables, aun cuando ese mismo objetivo se alcance en el proceso de Conclusión Anticipada en el Juicio Oral, porque después de todo ese tránsito genera costos a todo el sistema de justicia. La investigación se enriquece con el trabajo de campo a través de la aplicación de encuestas a los operadores de justicia penal de Arequipa, que luego del análisis e interpretación de los resultados, nos ha permitido proponer una modificación legislativa a favor del proceso especial de la Terminación Anticipada en la Etapa Intermedia, hasta antes de formularse la Acusación Fiscal en su fase oral. ; Tesis
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The early termination of Public-Private Partnerships (PPP) usually occurs at any time during the life of the project, causing large costs for the parties. Specifically, the toll road concessions are exposed to high demand risk. Usually, highway concession contracts incorporate a compensation mechanism in case of early termination. However, the traditional techniques of the Discounted Cash Flow (DCF) used to value infrastructure projects do not capture the irreversibility of the investment, the uncertainty and the mechanisms of compensation for risk that allow taking actions to the parties involved in a concession contract. The early termination of a toll road concession can be valued as the concessionaire'sright to abandon the execution of the project. The objective of this document is to assess the mechanism of early termination of a toll road concession as a contingent asset, implementing the theory of real options, where the value of the abandonment option depends on the risk of demand. The valuation methodology is applied to a real case study of the Program of the Fourth Generation of Highway Concessions (4G) by Colombian Government. The valuation of early termination mechanisms can help to understand ex-ante the risks faced by the public and private parties of a highway concession contracts. ; La terminación anticipada de asociaciones público-privadas (APP) suele ocurrir en cualquier momento durante la vida del proyecto y ocasiona grandes costos para las partes. Particularmente, las concesiones viales se enfrentan a un alto riesgo de demanda. En general, los contratos de concesión vial incorporan un mecanismo de compensación en caso de terminación anticipada. No obstante, la técnica tradicional del flujo de caja descontado (FCD), utilizada para valorar proyectos de infraestructura, no captura la irreversibilidad de la inversión, la incertidumbre y los mecanismos de compensación por riesgo que permiten tomar acciones a las partes intervinientes de un contrato de concesión. La terminación anticipada de una concesión vial puede ser valorada como el derecho que tiene el concesionario a abandonar la ejecución del proyecto. El objetivo del presente documento es valorar el mecanismo de terminación anticipada de una concesión vial como un activo contingente, implementando la teoría de las opciones reales, donde el valor de la opción de abandono depende del riesgo de demanda. La metodología de valoración es aplicada a un estudio de caso real del programa de la Cuarta Generación de Concesiones Viales del Gobierno de Colombia. La valoración de los mecanismos de terminación anticipada puede ayudar a comprender de manera ex-ante los riesgos a los cuales se enfrentan las partes pública y privada de un contrato de concesión.
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The termination of the process is a mechanism for procedural simplification has been fully regulated by the Criminal Procedure Code of 2004, but that is not new to our legal system and applied it to certain crimes-money launder in gand customs-. His addition to our criminal justice system responds to achieve greater speeding solving criminal cases because of the crisis being experienced by our justice system that results in an excessive increase in the caseload and criminal political guide lines from reforms Latin American process are from the 90'SA trend in the region. The incorporation of early termination should not only beseen from the dogmatic frame work but also from the practical, which is why we must pay attention to the numbers in the districts whereit has been applied and there by contribute to solutions that are not only in the paper. ; La terminación anticipada del proceso constituye un mecanismo de simplificación procesal que ha sido regulado íntegramente por el Código Procesal Penal del 2004, pero que no es novedad en nuestro ordenamiento jurídico pues ya se aplicaba para ciertos delitos - aduaneros y lavado de activos -. Su incorporación en nuestro ordenamiento jurídico penal responde a lograr una mayor celeridad en la resolución de casos penales debido a la crisis por la que atraviesa nuestra administración de justicia que se traduce en un aumento desmedido de la carga procesal y a lineamientos político criminales provenientes de las reformas procesales latinoamericanas que constituyen desde los 90' una tendencia en la región. La incorporación de la terminación anticipada no solo debe ser vista desde el marco dogmático sino también desde lo práctico, de ahí que debemos prestar atención a las cifras en los distritos donde se viene aplicando y con ello aportar a buscar soluciones que no solo queden en el papel.
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La presente investigación se ha desarrollado para cumplir con nuestro objetivo y deseo de determinar la terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal consolida la celeridad procesal en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo 2014. El tema se circunscribe al campo del Derecho Penal, específicamente a la institución procesal vigente. Nuestro deseo e interés para materializar la investigación ha sido dar a conocer a los operadores de justicia la innecesaria investigación judicial y juzgamiento del procesado, si previamente existe acuerdo entre el imputado y el Fiscal, el trabajo es de mucha importancia para evitar la sobre carga procesal que mucho daño y descontento significa en lo ciudadanos que siguen proceso penal en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo. Nuestra hipótesis planteada fue la necesidad de aplicar la terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal para consolidar el principio de celeridad y economía procesal en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, 2014. La simplificación del procedimiento parte del modelo del principio del consenso sustentado en la aceptación de cargos del imputado. El método aplicado en la investigación fue el método inductivo, porque se partió de casos particulares y luego fueron generalizados para una reforma legislativa. Se empleó también método dialéctico, porque me permitió reflejar la esencia del fenómeno jurídico y sus contradicciones con la realidad social jurídica. El tipo de investigación fue descriptivo y explicativo, por tratarse de una investigación jurídica formal que busca describir y explicar la necesidad de aplicar la institución procesal de terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal común para los efectos de consolidar la celeridad procesal y alcanzar la justicia social rápida. Por la naturaleza de la investigación, el diseño empleado fue no experimental y el ex post facto, porque nuestro objeto de estudio fueron hechos pasados. La población o el universo estuvo compuesta por el total de resoluciones en las que se aplicaron la terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal común de enero a diciembre del año 2014, en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, en plena vigencia del Nuevo Código Procesal penal, sumándose a ello, ochenta abogados en materia penal. La muestra fue cinco únicos casos y con sentencia firme donde se aplicó la terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso común y cuarenta abogados. Las técnicas utilizadas para el éxito de nuestra investigación fue la revisión documental y bibliografía relacionadas con el tema de la investigación, la estadística descriptiva, basadas en el análisis de los datos obtenidos y la técnica de la representación gráfica, para ilustrar los datos obtenidos en forma de cuadro. Los contenido plasmadas en la formulación del problema, estas, fueron confrontadas con las respuestas alcanzadas por los encuestados. ; Tesis
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La presente investigación se titula: APLICACIÓN DEL MECANISMO TERMINACIÓN ANTICIPADA EN EL DESARROLLO DEL PROCESO INMEDIATO Y EN EL TRÁMITE DE LOS DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA- TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN FLAGRANCIA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DEL CALLAO, PERÍODO 2016 – 2017. El incremento del tráfico ilícito de drogas a generado, así como la delincuencia organizada una carga excesiva en la administración de justicia. Es importante mencionar que a partir del 29 de noviembre de 2015, cuando entró en vigencia el Decreto Legislativo N° 1194, que regula el Proceso Penal Inmediato, lo que significa que los juzgados de investigación preparatoria tramiten con prontitud y eficacia, sin embargo a ello se suma que no existen los medios materiales y tecnológicos requeridos trayendo como consecuencia la falta de celeridad responsable. En la presente investigación se ha trabajado con una investigación aplicada con diseño correlacional, la muestra estuvo constituida por 60 profesionales entre ellos, fiscales, asesores, abogados defensores y litigantes. Llegando a la conclusión La aplicación del mecanismo terminación anticipada no influye en el desarrollo del proceso inmediato, pero si en el trámite de los delitos contra la salud pública- tráfico ilícito de drogas en flagrancia, del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior del Callao
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Con la entrada en vigencia de la Ley 2080 de 2021 se pretende generar cambios en la percepción de una justicia oportuna y rápida, a través de procedimientos judiciales más cortos, por lo que, el legislador incorporó la figura judicial de la sentencia anticipada, la cual se aplica de tiempo atrás en la jurisdicción ordinaria. Así que, el trabajo hará una descripción normativa aplicada en el ámbito privado, para luego establecer los requisitos y características de la sentencia anticipada en la jurisdicción contenciosa administrativa, al igual que las características del mecanismo del llamamiento en garantía y del medio de control de repetición, a fin de establecer si la terminación anticipada de un proceso judicial permite garantizar la responsabilidad patrimonial del servidor público. ; With the admission into force of Law 2080 of 2021 it is intended to generate changes in the perception of a timely and rapid justice, through shorter judicial procedures, so the legislator incorporated the judicial figure of the anticipated sentence, which has been applied in the ordinary jurisdiction for some time. This paper will make a normative description applied in the private sphere, to then establish the requirements and characteristics of the anticipated judgment in the contentious administrative jurisdiction, as well as the characteristics of the appeal mechanism and the means of control of repetition, in order to establish whether the early termination of a judicial process makes it possible to guarantee the financial liability of the public servant. ; Magister en Derecho Administrativo ; Maestría
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Una de las mayores novedades luego de la implementación del sistema penal con tendencia acusatoria fue la creación de mecanismos que permitieran la terminación anticipada del proceso penal. El principio de oportunidad, los preacuerdos e incluso el mismo allanamiento a cargos tomaron fuerza con la modificación constitucional que propició el acto legislativo 03 de 2002. Sin embargo, quince años después de la creación del sistema es fácil percibir cómo, no sólo se han mal interpretado algunas de estas instituciones, sino, que su entendimiento incluso ha dependido de la voluntad política de la jurisprudencia de turno. Este trabajo pretende dilucidar las diferencias estructurales y esenciales entre allanamiento a cargos y preacuerdos, concluyendo que, constitucionalmente son institutos divergentes, pues si bien hacen parte del derecho a terminar anticipadamente el proceso penal, la rebaja de pena en la primera es un derecho subjetivo, en la segunda, uno aspiracional. ; One of the major novelties after the implementation of the criminal justice system with an accusatory tendency was the creation of mechanisms that would allow the early termination of the criminal process. The principle of opportunity, the plea bargaining and even the guilty plea took force with the constitutional modification that led to legislative act 03 of 2002. However, fifteen years after the creation of the system, it is easy to see how, not only have they been wrong interpreted some of these institutions, but their understanding has even depended on the political will of the jurisprudence of the day. This work aims to elucidate the structural and essential differences between guilty plea and plea bargaining, concluding that, constitutionally, they are divergent institutes, because although they are part of the right to finish the criminal process early, the reduction of the penalty in the first is a subjective right, in the second, an aspirational one. ; Magíster en Justicia y Tutela de los Derechos con énfasis en Ciencias Penales y Criminológicas ; Maestría
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El desarrollo de la presente investigación se ha basado, en determinar la Eficacia de la Conclusión Anticipada de la Instrucción en los procesos penales tramitados en los juzgados de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, durante el periodo comprendido entre el año 2004 al 2006, para lo cual se ha desarrollado una investigación a nivel documental, legislativo y de campo, a cuyo efecto se ha considerado pertinente utilizar la metodología deductiva, para lograr probar la hipótesis planteada. Partimos del conocimiento personal y directo referente a la carga procesal que existe en los diferentes Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, la misma que puede ser reducida, con la aplicación de la Conclusión Anticipada de la Instrucción; por ello, se ha considerado como campo de estudio a todos los procesos que hayan terminado por aplicación de esta figura procesal, habiéndose realizado el análisis mediante la técnica de la observación, de los copiadores de sentencias de los diferentes Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Cabe precisar la poca utilización que se ha dado a esta figura procesal para concluir los procesos, por parte de los procesados, tal vez se deba a los pocos beneficios que se ofrecen, sobre todo en la determinación judicial de la pena, y que al existir otra figura procesal como la Terminación Anticipada del Proceso, muchos de los procesados han preferido recurrir a esta vía, para dar fin a su situación jurídica, en la que han tenido mayores beneficios al momento de aplicárseles una determinada pena. En la presente investigación, se ha determinado que los procesados para dar fin a su situación jurídica, han preferido aplicar la Terminación 8 Anticipada del Proceso y no la Conclusión Anticipada de la Instrucción, de tal manera que la inaplicación de esta última, trae como consecuencia que se haga Ineficaz, por no dar con los resultados esperados, como es el de concluir un proceso en el menor tiempo posible, de tal manera que: a. La hipótesis planteada, ha tenido una comprobación fáctica equivalente a un grado del 100%, en el sentido de que la Conclusión Anticipada de la Instrucción, es ineficaz por su mínima utilización por parte de los procesados y sus abogados. b. De igual manera, se ha demostrado que, de todos los delitos en los que se puede aplicar la Conclusión Anticipada de la Instrucción, solamente se ha aplicado en una mínima cantidad en los delitos de Hurto Agravado, en donde el proceso ha sido adecuado de oficio. c. Del desarrollo de la presente investigación, se ha determinado que se pueden realizar otro tipo de investigaciones tales como: Determinar los criterios jurídicos, por los cuales los jueces penales, no valoran, ni motivan la aprobación del acuerdo provisional que realiza el procesado con el Ministerio Público al momento de confirmar la pena a aplicarse.
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In: Dilemas contemporáneos: Educación, Política y Valores: Contemporary dilemmas: Education, Politics and Values
ISSN: 2007-7890
Las etapas procesales en el sistema de justicia penal: investigación ministerial, complementaria, intermedia y juicio implican una serie de actos procesales. Existen reglas procesales en el Código Nacional de Procedimientos Penales que establecen un orden en el trámite que permite el respecto al debido proceso y da seguridad jurídica a las partes contendientes. Es en la etapa intermedia, en la que, entre otros actos, las partes llegan a acuerdos probatorios. Así también, antes de dictarse el auto de apertura a juicio, que es el acto con el que concluye la citada etapa procesal, pueden llegar a plantear un mecanismo alterno de solución o una terminación anticipada. Este artículo aborda esta temática.
In: Revista de investigación académica sin frontera: RDIASF, Heft 24
ISSN: 2007-8870
El procedimiento abreviado como forma de terminación anticipada del proceso, tiene su sustento constitucional en el apartado A, fracción VII del numeral 20 de nuestra Carta Magna, es solicitado por el Ministerio Público después de haberse dictado el auto de vinculación a proceso y hasta antes de la emisión del auto de apertura a juicio oral, en donde básicamente se pide una reducción de la pena a cambio de admitir la responsabilidad en la comisión de un hecho ilícito, luego de la satisfacción de requisitos de procedencia verificados por el Juez de Control. ¿Qué acaso la imposición de penas, su modificación y duración no son propias y exclusivas de autoridad judicial?, ¿Qué acaso la pena no deberá ser proporcional al delito que se sancione y al bien jurídico afectado?, constitucionalmente la respuesta es sí, entonces ¿se plantea una contradicción de principios de rango constitucional? Ahora bien la no autoincriminación y la presunción de inocencia son derechos fundamentales reconocidos en el máximo ordenamiento nacional y al violentarlos tendríamos que recurrir a conceptos como el control de convencionalidad que soporte la progresividad de los derechos humanos. La solicitud de la pena reducida por parte de la representación social ¿Estaría invadiendo una función exclusiva de la autoridad judicial?, siendo así se estaría quebrantando el principio de división de poderes. El objetivo del presente es analizar las implicaciones de la colisión de derechos fundamentales con facultades procedimentales que erige al procedimiento abreviado como una forma de terminación anticipada del proceso, cuyafinalidad es proporcionar fluidez en el marco del sistema de justicia adversarial, metodológicamente es un estudio dogmático, descriptivo, abordado desde los postulados del garantismo penal.
In: Homenajes y congresos
Los desafíos de las investigaciones de macrocriminalidad en la Jurisdicción Especial para la Paz / Alejandro Ramelli Arteaga -- Una lectura de la decisión de la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional en el caso de Jean-Pierre Bemba, a la luz de sus opiniones individuales / Andrés Sarmiento Lamus -- La responsibilidad penal del superior en el caso Bemba Gombo y el derecho colombiano / Fernando Velásquez Velásquez -- La Constitución flexible o la pérdida de identidad de la Constitución / Luis Javier Moreno Ortíz -- La justicia transicional y la acción de tutela: el papel de la Corte Constitucional en la Jurisdicción Especial para la Paz / Rodrigo González Quintero -- El principio del juez natural y la Jurisdicción Especial para la Paz / Christian Wolffhügel Gutiérrez -- Las comisiones de la verdad en Latinoamérica: lecciones para Colombia / Miguel Lamadrid Luengas -- De lo "disponible" ante la JEP: apuntes sobre la terminación anticipada del proceso / John Zuluaga Taborda.