1. Introducción.- 2. Naciones Unidas.- 3. Consejo de Europa: Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Comisión de Venecia. Asamblea Parlamentaria.- 4. Organización de Estados Americanos (OEA).- 5. Unión Europea.- 6. OSCE.- 7. Unión Interparlamentaria.- 8. Commonwealth of Independent States (CIS).- 9. Unión Africana.
Las modificaciones que la nueva Ley de Patentes 24/2015 de 24 de julio introduce en la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento representan un avance con respecto a la redacción anterior de los artículos aplicables a la propiedad industrial e intelectual. Este artículo examina las modificaciones legislativas introducidas desde el punto de vista de Derecho sustantivo proyectándolo al ámbito de Derecho Internacional Privado, así como las perspectivas de futuro a la luz de los recientes trabajos internacionales en materia de garantías sobre bienes inmateriales.
One of the reforms of the Spanish Government that has receivedmore criticism since the economic crisis began has been the one enforcedby Royal Decree‐Law 16/2012, dated 20 April, on urgent measures to ensurethe sustainability of the National Health System and improve thequality and safety of its services. He proceeded to modify the requirementsfor compulsory insurance coverage, requiring as a condition sinequa non to enjoy 'insured status' to have legal residency.Responses were immediate, among others, appeals on the unconstitutionalityof such measure, the right of conscientious objection of manyhealth professionals as well as the approval of the autonomous communitiesof legislation providing such protection, which, in turn, has alsobeen contested by the Government. While the resolution of this conflictis still pending at the constitutional level, international organizationshave already acted in this sense, being categorical in the issued resolutionscondemning Spain for breach of its international obligations.The central government announced, months prior to the elections,that it would modify this regulation, but, for now, no amend has beenmaterialized. While this situation continues, the law allows courts, underthe control of compliance with international law reflected in the arts.10 and 96 of the Spanish Constitution, developed by Law 25/2014, of 27November, Treaties and Other International Agreements, to protect possible claims and/or interpretations of the treaties contrary to its originalaims and to protect the medical staff against possible sanctions. Thus,the importance of knowledge of international law and its direct invocationas an instrument of effectiveness and enforceability of the rightsrecognized is rightly evidenced by this situation.
Introducción. Diversidad legislativa. Tendencia a la Codificación. Armonización. Uniformidad. Foros de codificación universales. En el ámbito regional. ¿Accesoriedad o autonomía? Ley aplicable. La lex contractus. La lex rei sitae. Aplicación de varias normas a la relación jurídica. Nuestra posición: la ley más próxima. Juez competente. La publicidad de las garantías mobiliarias. La adaptación del sistema registral a la dinámica financiera de las garantías reales mobiliarias. Reglas de prioridad . La garantía mobiliaria y los terceros adquirentes. El llamado problema del "Conflicto móvil". Reconocimiento y ejecución de las garantías mobiliarias. La ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias. Antecedentes. Estructura. Concepto y ámbito de aplicación. Constitución de la garantía. Publicidad. Ejecución. Ley aplicable y conflicto móvil. Jurisdicción. La situación en Latinoamérica con especial referencia al sistema argentino. El sistema prendario argentino. Inconvenientes del sistema. Conclusiones. Bibliografía.
Las causas por las cuales se puede decretar el estado de emergencia han variado en el tiempo según las circunstancias de cada época y de cada país. Dichas situaciones de emergencia pueden obedecer a causas naturales o humanas. Pueden producirse por fenómenos físicos o climatológicos, por conmociones interiores, ataques exteriores, o incluso por desequilibrios económicos o sociales sectoriales o generales. Y, para hacer frente a estos estados excepcionales, el derecho internacional ha delimitado una serie de principios que deben ser respetados por los gobiernos locales.The reasons that may lead a government to decree a state of emergency have varied along time, accordingly to the circumstances of each country and each period. Emergency situations may derive from natural or human causes. They may be provoked by a physical or weather phenomenon, by internal commotion, by exterior attacks, or by economic, social, sectorial or general imbalances. International law has established principles that must be respected by local governments in order to confront these exceptional measures.
Las causas por las cuales se puede decretar el estado de emergencia han variado en el tiempo según las circunstancias de cada época y de cada país. Dichas situaciones de emergencia pueden obedecer a causas naturales o humanas. Pueden producirse por fenómenos físicos o climatológicos, por conmociones interiores, ataques exteriores, o incluso por desequilibrios económicos o sociales sectoriales o generales. Y, para hacer frente a estos estados excepcionales, el derecho internacional ha delimitado una serie de principios que deben ser respetados por los gobiernos locales. ; The reasons that may lead a government to decree a state of emergency have varied along time, accordingly to the circumstances of each country and each period. Emergency situations may derive from natural or human causes. They may be provoked by a physical or weather phenomenon, by internal commotion, by exterior attacks, or by economic, social, sectorial or general imbalances. International law has established principles that must be respected by local governments in order to confront these exceptional measures.
407 páginas: cuadros ; Las garantías de no repetición de violaciones a los derechos humanos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha promovido en su jurisprudencia se han convertido en un tema de primer orden político y jurídico. Luego de la revisión de las distintas medidas ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a los Estados del continente, que ha generado reformas constitucionales y legislativas, que han obligado la adopción de mecanismos y prácticas institucionales, y que han obligado ajustes a los sistemas de justicia y la formulación de políticas públicas, surge el interrogante: ¿es legítimo que un tribunal internacional defina los cambios estructurales en el nivel nacional a partir de sus resoluciones en un litigio particular? En su análisis, la autora profundiza en la figura de las garantías de no repetición en el derecho internacional y aporta orientaciones a los jueces internacionales desde la óptica de la legitimidad de sus resoluciones.
O comércio internacional não tem, por hipótese, fronteiras nem barreiras e está regulado por um conjunto de normas chamado a nova lex mercatória, que se apresenta sob quatro pilares fundamentais.
In: Contribuciones / CIEDLA, Centro Interdisciplinario de Estudios sobre el Desarrollo Latinoamericano de la Fundación Konrad Adenauer, Band 14, Heft 3/55, S. 95-124