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The social agreement as an alternative (and non-contractual) formula for the indirect management of public social services ; El concierto social como fórmula alternativa (y no contractual) para la gestión indirecta de los servicios sociales públicos
The procurement Directives have enabled member States of the European Union to manage public social services through a non-contractual formula. In Spain, this possibility has been realized in "social agreements", regulated through the Social Services Laws of the Autonomous Communities. These are agreements to be entered into between the Administration in charge of or responsible for the services and private entities, normally non-profit organizations. However, the nature and legal regime of these social agreements, as it results from the current regulation, raises some doubts. They should be resolved as their widespread use reveals the strengths and weaknesses of this figure and the case law resolves them. ; Las Directivas de la Unión Europea en materia de contratación han habilitado la posibilidad de que los Estados miembros puedan gestionar los servicios sociales públicos a través de fórmulas no contractuales. En España, esa posibilidad se ha concretado en los denominados conciertos sociales, regulados a través de las leyes de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas. Se trata de acuerdos a celebrar entre la Administración titular o responsable de los servicios y entidades de carácter privado, normalmente, sin ánimo de lucro. La naturaleza y el régimen jurídico de estos conciertos sociales, tal y como deriva de la regulación vigente, plantea, no obstante, algunas dudas que deberán ir resolviéndose a medida que su uso generalizado evidencie las fortalezas y debilidades de esta figura y la jurisprudencia resuelva al respecto.
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ILLANES ZUBIETA, Ximena: En manos de otros: Infancia y abandono en la Barcelona del siglo xv. Santiago de Chile, Ediciones Universidad Católica de Chile, 2019, 346 págs
In: Arenal: revista de historia de las mujeres, Band 27, Heft 2
ISSN: 2792-1565
En los últimos tiempos hemos sido testigos de un interés creciente por los estudios sobre la infancia vulnerada dentro de las ciencias sociales. Las obras de Buenaventura Delgado y Philippe Ariès, entre otros, sirvieron a la generación siguiente de investigadores a tomar en cuenta una serie de precauciones fundamentales. La primera de ellas, tenía que ver con los significados y comprensiones dispares en torno a la infancia, atendiendo al contexto histórico y social específico. Por ello, para el Antiguo Régimen es fundamental acudir a las categorías propias que se utilizaron en su tiempo, como forma de evitar caer en anacronismos históricos. Por otro lado, otra de estas precauciones estuvo relacionada con el hecho mismo del abandono de menores, una realidad que operaba desde largo tiempo, pero a la que la sociedad tardomedieval le dio un tratamiento específico…
Jóvenes en "el lecho de Procusto". Una aproximación a los ideales de género de posguerra
In: Arenal: revista de historia de las mujeres, Band 27, Heft 2
ISSN: 2792-1565
El propósito de este artículo es analizar la eficacia interpeladora del discurso nacionalcatólico sobre la feminidad, durante la posguerra franquista. Para ello, se empleará el estudio de un expediente representativo del Tribunal Tutelar de Menores de Bilbao. Este proceso, unido a otros de forma coral, permitirá desentrañar los significados de la (des)honestidad femenina, cuando ésta fue objeto de penalización judicial. En este sentido, lo que se juzgó tuvo que ver más con una consideración social y moral de las procesadas, que con la consumación de un delito manifiesto. Lo que se ha podido corroborar es que la (des)honestidad femenina fue comprendida como un estado transitorio y no producto de una esencia fija. Las mujeres podían pasar de un estado de impureza a uno de pureza, en la medida en que acomodaran sus prácticas a los ideales normativos. El discurso católico de la redención moral se convirtió en el vehículo central.
Violencia de género. Una aproximación penal y procesal
In: https://reunir.unir.net/handle/123456789/7661
Through this theorical paper, we want to make an aproximation from a Criminal and a Procedural perspective towards the sadly well known concept of gender violence. For that purpose, we believe it is necessary to start with a description of that term and its social background. Next, we analyze the changes our normative has suffer throughout the past years. We continue our work explaining the importance of Specialized Courts and workers -such as attorneys, magistrates or prosecutors-. After that, we present some issues concerning the legal procedure with this criminal activity, such as the victim´s allegation and statement. Finally, we try to ponder the reality of these crimes in our country, closing this paper with the author´s personal perception. ; Mediante el desarrollo del presente trabajo teórico, vamos a intentar realizar una aproximación desde una perspectiva de Derecho Penal y Procesal al concepto de la - desgraciadamente tan conocida actualmente- violencia de género. Para ello, hemos entendido necesario realizar una inicial definición del término y de la realidad social que envuelve al mismo. Seguidamente, analizamos los cambios y actualizaciones legislativas que nuestro país ha experimentado a lo largo de los años con respecto a esta situación, para continuar después con una explicación de la necesidad de la existencia de Juzgados y profesionales especializados en dichos delitos. Posteriormente, expondremos algunas cuestiones sobre el procedimiento seguido en esta tipología delictiva y abordaremos ámbitos de gran importancia práctica, como la denuncia y la declaración de la víctima. Finalmente, reflexionamos sobre la realidad de la violencia de género que nuestro país está viviendo, concluyendo este trabajo con una opinión personal del autor.
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Colección Masaveu: Testimonio y modelo hacia nuevas tendencias
In: https://eprints.ucm.es/id/eprint/57564/1/TFM-Paula%20%C3%81lvarez%20Fern%C3%A1ndez.%20Colecci%C3%B3n%20Masaveu.pdf
La llegada en 1840 del primer miembro de la familia Masaveu a Asturias marca el origen de esta colección que estudiaremos a través de un análisis multidisciplinar englobando los aspectos económicos, sociales y legislativos que condicionarán su formación y desarrollo. Con ello se pretende establecer un paralelismo entre la historia de la colección y algunos hitos decisivos para la protección del Patrimonio Artístico en la Comunidad Autónoma. Además, estableceremos las diferencias entre los dos núcleos en los que se ha dividido la colección: titularidad pública y titularidad privada.Palabras clave: Restauración, dación en pago, Corporativa, Fundación.
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Fernando Argüelles Miranda (1797- 1870). Un prelado tipo del siglo XIX español ; Fernando Argüelles Miranda (1797-1870). A prelate from Spanish 19th century
Fernando Argüelles Miranda, nacido en Caboalles de Arriba (León) (1797) y estudiante de Filosofía y Teología en Oviedo, fue un párroco ejemplar al frente de las parroquias asturianas de San Martín de Oscos y San Martín de Taramundi (1826-1851). Previa oposición fue agraciado con la canonjía Magistral de Oviedo, cumpliendo con las tareas anejas a su oficio y desarrollando una ingente labor social y caritativa. Con el consejo del Nuncio y de su Confesor, Isabel II le nombró Obispo de la Diócesis de Astorga (1858). Como tal fue fiel a la Corona y sus gobiernos, pero intransigente con las medidas antieclesiásticas. En su Magisterio se apoyó constantemente en el Papa y en el Nuncio. Se desvivió por el bienestar material, moral, intelectual y espiritual de su clero, religiosas y fieles. Participó en el Concilio Vaticano I, del cual tuvo que ausentarse debido a sus dolencias, las cuales acarrearon su muerte (1870). ; Fernando Argüelles Miranda, was born in Caboalles de Arriba (León) in 1797. He studied Philosophy and Theology. He became an appreciated parish priest in San Martín de Oscos and San Martín de Taramundi Asturias' parishes between 1826 and 1851. Thanks to a previous examination, he got Magisterial Canonry in Oviedo accomplishing his tasks attached to his job, developing an enormous social action. Isabel II appointed him Astorga's Diocese bishop following the advice of the Nuncio and the Queen's Confessor (1858). He was loyal to the Crown and its governments but intransigent with its ecclesiastic measures. He received constantly support from the Pope and the Nuncio along his ecclesiastical government. He yearned for material, social, spiritual and intellectual welfare of his clergy, monks, nuns and his followers. He took part in the First Vatican Council, but he had to leave it due to his ailments which caused his death (1870).
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El espacio cultural europeo. Especial referencia a la regulación europea de la cultura y su relación con el mercado interior
La Unión Europea ha perseguido desde sus inicios la consecución de un mercado interior en el que las cuatro libertades comunitarias están garantizadas. Pero Europa no es sólo una unión económica, es también un espacio cultural. A pesar de la inicial insensibilidad del proyecto europeo hacia la cultura y las limitaciones que supone ostentar una mera competencia de apoyo o complemento en este ámbito, las instituciones europeas protegen la multiculturalidad que conforma la identidad europea. El artículo 36 del TFUE ampara que la libre circulación de mercancías pueda ser restringida por razones de índole cultural: la protección del patrimonio artístico, histórico o arqueológico nacional y de la propiedad intelectual. Los mandatos del mercado interior ceden frente a la preservación del patrimonio cultural europeo, la protección de la diversidad cultural y el refuerzo de la identidad cultural europea, como presupuesto para avanzar hacia una integración más humanista y la materialización de un espacio común en el que la cultura se beneficia de los mandatos del mercado interior, al tiempo que se defiende la especificidad de los bienes y servicios culturales. ; From the beginning, The European Union has been pursuing the consecution of an internal market in which the four communitarian freedoms are guaranteed. However, Europe does not only mean an economic union, but also a cultural space. Although the indifference of the European project towards culture and the restrictions that involves having simply a mere supporting or supplementary competence in this area, the European institutions protect the multiculturalism that defines European identity. Article 36 of the TFEU enshrines the possibility of limiting free movement of goods due to cultural reasons: protection of cultural heritage and intellectual property. Requirements of internal market give up in favour of the preservation of European cultural heritage, the protection of cultural diversity and the reinforcement of European cultural identity, since that is necessary for advancing towards a more humanist integration and the materialization of a common space, where culture can take advantage on the benefits of internal market, meanwhile the specificity of cultural goods and services is defended.
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La atribución del uso de la vivienda familiar tras la crisis matrimonial. En especial el uso sobre la vivienda de un tercero y en la liquidación de la sociedad de gananciales
El objetivo de este trabajo es abordar las cuestiones que plantea la atribución del uso de la vivienda familiar tras la crisis matrimonial y su solución desde el punto de vista legislativo y jurisprudencial. En las prácticas profesionales desarrolladas en el marco del Máster Universitario en Abogacía estudié asuntos relacionados con el Derecho de Familia y la vivienda familiar, y pude observar que se trata de uno de los objetos principales del procedimiento matrimonial, así como uno de los asuntos que más dificultades genera en la práctica diaria de los abogados. Y es que se trata del bien más preciado en el patrimonio de los cónyuges y donde han desarrollado gran parte de su existencia, por lo que ambos esposos, generalmente, interesan su atribución. Se trata de un tema de gran complejidad y con diversos matices, tanto desde la óptica de la propia vivienda como de las circunstancias de sus ocupantes. Es una materia en constante cambio y evolución, y más ahora debido a la crisis económica por la que estamos atravesando que dificulta el acceso a la vivienda. Desde el punto de vista legislativo, su regulación es más bien escasa centrada en el artículo 96 del Código Civil, lo que hace necesario examinar a fondo la numerosa jurisprudencia existente al respecto. Gracias al nuevo recurso por interés casacional, que introdujo la Ley de Enjuiciamiento Civil en el año 2000, esta materia pudo acceder al Tribunal Supremo, que está creando un cuerpo de doctrina muy importante y generando seguridad jurídica, cuestión de gran importancia ya que existían criterios contradictorios entre las Audiencias Provinciales en cuanto a las cuestiones derivadas de la vivienda familiar se refiere. Asimismo, también está en marcha una reforma del artículo 96 CC contenida en el "Anteproyecto de Ley sobre el Ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio", aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 19 de julio de 2013, que pretende dar respuesta a las críticas surgidas en diversos foros, así como ...
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Entre lapas: primera valoración de los restos de origen marino del yacimiento holoceno de J3 (Hondarribia, País Vasco)
In: Munibe. Antropologia, arkeologia, Band 65, S. 067-078
ISSN: 2172-4555
El espacio cultural europeo. Especial referencia a la regulación europea de la cultura y su relación con el mercado interior
La Unión Europea ha perseguido desde sus inicios la consecución de un mercado interior en el que las cuatro libertades comunitarias están garantizadas. Pero Europa no es sólo una unión económica, es también un espacio cultural. A pesar de la inicial insensibilidad del proyecto europeo hacia la cultura y las limitaciones que supone ostentar una mera competencia de apoyo o complemento en este ámbito, las instituciones europeas protegen la multiculturalidad que conforma la identidad europea. El artículo 36 del TFUE ampara que la libre circulación de mercancías pueda ser restringida por razones de índole cultural: la protección del patrimonio artístico, histórico o arqueológico nacional y de la propiedad intelectual. Los mandatos del mercado interior ceden frente a la preservación del patrimonio cultural europeo, la protección de la diversidad cultural y el refuerzo de la identidad cultural europea, como presupuesto para avanzar hacia una integración más humanista y la materialización de un espacio común en el que la cultura se beneficia de los mandatos del mercado interior, al tiempo que se defiende la especificidad de los bienes y servicios culturales. ; From the beginning, The European Union has been pursuing the consecution of an internal market in which the four communitarian freedoms are guaranteed. However, Europe does not only mean an economic union, but also a cultural space. Although the indifference of the European project towards culture and the restrictions that involves having simply a mere supporting or supplementary competence in this area, the European institutions protect the multiculturalism that defines European identity. Article 36 of the TFEU enshrines the possibility of limiting free movement of goods due to cultural reasons: protection of cultural heritage and intellectual property. Requirements of internal market give up in favour of the preservation of European cultural heritage, the protection of cultural diversity and the reinforcement of European cultural identity, since that is necessary for advancing towards a more humanist integration and the materialization of a common space, where culture can take advantage on the benefits of internal market, meanwhile the specificity of cultural goods and services is defended.
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Memoria y trauma en los testimonios de la represión franquista
In: Memoria rota : exilios y heterodoxias 42
La escuela del paternalismo industrial asturiano (1880 - 1936)
In: Colección Varia
Los políticos como enemigos. Gestión de los "external affairs" y de las "government relations"
Desde 1980 se han desarrollado estrategias y programas de Asuntos Externos en modo que son ya formas convencionales de comunicación corporativa e institucional. Los más problemáticos y conflictivos de estos programas de Asuntos Externos son los de Relaciones con los Gobiernos, que aquí se analizan. Nos encontramos hoy con cuatro situaciones que se corresponden a las relaciones con: Gobiernos Patronos/Propietarios, Gobiernos Vendedores, Gobiernos Socios y Gobiernos Competidores.Esta última fórmula es hoy la dominante: sobre un único objetivo final que es el ciudadano, el que consume, vive, piensa o vota recaen todas las estrategias de quienes ofrecen marcas y productos diversos, ideas, actitudes y programas políticos. Sobre la definición de la agenda (sobre lo que deben percibir), sobre opciones y actitudes (lo que deben hacer), sobre la orientación del comportamiento (cómo debe actuar) y todo ello para llegar a determinar la decisión y la opción de compra y voto. Gobiernos y políticos compiten con agentes de consumo, ideológicos o de estilos de vida. Los gobernantes son competidores de todos los demás agentes sociales. Se analizan aquí los ámbitos en los que esta competencia político gubernamental intenta ser dominante: en la intromisión sobre el poder judicial, en la compra de expertise e inteligencia y en la presencia y control de los medios.
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El proceso de elaboración del título de grado en ciencias laborales y recursos humanos
In: Trabajo: Revista de la Asociación Estatal de Centros Universitarios de Relaciones Laborales y Ciencias del Trabajo, Band 15
ISSN: 1136-3819