Resumen: El referéndum, entendido como "la oportunidad de que los electores participen en el proceso de toma de decisión votando sobre una cuestión más o menos específica y determinada" (Uleri, 1996, p. 2), ha tomado históricamente infinidad de formas, con desenlaces diversos dependiendo del contexto en el que ha sido desarrollado. No obstante, tanto la proliferación como la relevancia que este mecanismo ha adquirido en las democracias contemporáneas plantean nuevas vías de estudio, entre las que se encuentra su potencial para encauzar una participación efectiva frente a su reducido uso tradicional como mero mecanismo de legitimación política. El artículo tiene como objetivo plantear las bases para la discusión del uso referéndum en relación a una concepción de la democracia que se extienda más allá de la lógica de la representatividad.Palabras clave: Referéndum, democracia directa, democracia representativa, participación, representación, iniciativa.Abstract: The referendum, understood as "the opportunity for electors to participate in a decision-making process by voting on an issue more or less specific and determined" (Uleri, 1996, p. 2), has historically taken an infinite amount of shapes, with diverse outcomes depending on the context in which it has taken place. However, the recent surge both in its use and its relevance in contemporary democracies raises new research lines, among which is its potential to channel an effective participation in contrast to its traditional use as a simple legitimation mechanism. The article's objective is to set the foundation for a discussion on the use of referendums in relation to a conception of democracy that goes beyond the logic of representation.Keywords: Referendum, direct democracy, representative democracy, participation, representation, initiative.
"Cámara, Sixto" también ha firmado sus artículos como "Vázquez Montalbán, Manuel, 1939-2003" ; "Este Artículo pertenece a la sección La Capilla Sixtina. "
La referencia cada vez más insistente al vínculo entre el referéndum y la secesión no permite justificar la negación del principio de legalidad constitucional. El instituto del referéndum como instrumento de democracia directa, cuando está vinculado a la solicitud de independencia, debe estar previsto constitucionalmente o autorizarse a través de un procedimiento de revisión constitucional.The ever more persistent reference to the link between referendum and secession does not allow to justify the denial of the constitutional legality principle. When the referendum is connected to the Independence request, as a tool of direct democracy has to be constitutionally foreseen or autorized through a constitutional revision procedure.
El pasado 7 de noviembre los gibraltareños fueron convocados por su gobierno a una consulta popular en la que debían responder a la siguiente cuestión ¿aprueba usted el principio de que Gran Bretaña y España deban compartir la soberanía sobre Gibraltar? La consulta plantea dos interrogantes a los que resulta pertinente intentar dar respuesta: ¿cuál es la cobertura jurídica del gobierno de Gibraltar para llevar a cabo esta convocatoria? Y, en segundo término, realizado el referéndum ¿cuáles son sus efectos?.
En el presente documento se revisan las características de los instrumentos de democracia directa en Bolivia, que hasta 2004 era uno de los pocos países de la América Latina continental que carecían de disposiciones formales en este sentido (Zovatto, 2006). El análisis retoma las dos experiencias de estos instrumentos que se han realizado hasta el momento (en los años 2004 y 2006). En la primera parte se describen las características de la legislación boliviana sobre democracia directa y del proceso político que llevó a su adopción, para después exponer las posiciones de los distintos actores políticos y sociales con respecto a la introducción del referéndum y a las cuestiones que se resolvieron por este medio. En la tercera sección, presento una evaluación de los efectos del referéndum en términos del proceso de toma de decisiones. La cuarta sección se refiere al uso de las nuevas tecnologías en la democracia directa. Finalizo con un breve recuento en las conclusiones.
Una de las críticas más habituales que se realiza contra el empleo del referéndum como cauce de decisión de los asuntos públicos es aquella que hace referencia a sus carencias deliberativas. El referéndum serviría como mero instrumento de agregación de intereses, sin preocupación alguna por la reflexión y el diálogo. El presente artículo estudia pormenorizadamente todos aquellos elementos que resultan claves para la consecución de un grado razonable de deliberación en la campaña previa a la votación popular, como la claridad de la pregunta, la información facilitada al votante o el reparto de los recursos públicos entre las partes en liza. Con apoyo en experiencias nacionales e internacionales, se defiende la tesis de que una regulación adecuada de todos ellos podría servir para salvar muchos de los déficits que enfrenta la institución. En definitiva, el trabajo pretende demostrar la escasa utilidad que tiene la formulación de críticas globales a la figura del referéndum, cobrando mucho más sentido dirigir la mirada hacia su concreto diseño en cada sistema.Erreferenduma gai publikoak erabakitzeko bide gisa erabiltzearen aurka egiten den kritika ohikoenetako bat honako hau da: erabakitzeko gabeziak dituela. Erreferendumak soilik balioko luke interesak gehitzeko, hausnarketaz eta elkarrizketaz kezkatu beharrik izan gabe. Artikulu honek zehatz-mehatz aztertzen ditu herri-bozketaren aurreko kanpainan eztabaida-maila arrazoizkoa lortzeko funtsezkoak diren elementu guztiak, hala nola: galdera argia izatea, boto-emaileari informazioa ematea edo baliabide publikoak banatzea tartean dauden alderdien artean. Nazioko eta nazioarteko esperientzietan oinarrituta, tesi hau defendatzen da: horiek guztiak behar bezala arautuz gero erakundeak aurrez aurre dituen gabezietako asko gaindituko lirateke. Azken batean, lan honen bidez frogatu nahi da erreferendumari kritika globalak egitea alperrekoa dela, askoz zentzu handiagoa baitu sistema bakoitzean modu jakin batean diseinatzea.One of criticisms usually made against the referendum as a way for citizens to take part in public decision-making processes refers to its deliberative disadvantages. The referendum would be simply an instrument to gather opinions, with no interest in reflection or dialogue processes. This paper thoroughly analyses the key elements to achieve a reasonable level of deliberation in the previous campaign, such as the clarity of the question, the information provided to the voter or the distribution of public resources among the contestants. Considering national and international experiences, the author supports the idea according to which an appropriate regulation of these key elements would allow us to overcome many of the shortcomings faced by the institution. Ultimately, this paper shows the futility of general criticisms against the referendum while considers that it would be more useful to pay attention to the design of the institution made in each system.
El triunfo de Hugo Chávez en el referéndum revocatorio del 15 de agosto pasado ha puesto sobre la mesa una serie de interrogantes, como el futuro de la revolución bolivariana, el de la oposición y el de la proyección exterior venezolana en el resto de América Latina. En consonancia con la mayoría de las encuestas previas, el presidente Hugo Chávez se impuso en el referéndum revocatorio con el 59,25% de los votos, mientras el Sí, la oposición, sólo logró el 40,74%. En una elección con una elevada participación para los niveles venezolanos, la abstención apenas superó el 30%. Pese a las acusaciones de fraude realizadas por la oposición, los resultados han beneficiado al gobierno que, al igual que tras los confusos sucesos del 11 de abril de 2002, ha salido reforzado, tanto por sus propios aciertos como por los errores de sus oponentes. A partir de aquí surgen varias dudas: ¿cómo incidirán estos resultados en la gobernabilidad del país?; ¿se desarrollará un diálogo fecundo entre gobierno y oposición para desactivar la crispación y el enfrentamiento, avanzando en la pacificación o, por el contrario, se mantendrá la polarización?; ¿podrá la oposición sobreponerse a la derrota y aprovechar convenientemente su sólido respaldo popular para convertirse en alternativa de gobierno?; ¿modificará Chávez su discurso continental bolivariano y antiimperialista, para avanzar en un proyecto de integración latinoamericana basado en el diálogo y la concordia entre pueblos y gobiernos y no en el enfrentamiento y el apoyo a grupos terroristas, como las FARC, o partidarios de la violencia como los piqueteros argentinos o el MIR boliviano? Las respuestas a estas cuestiones se vinculan a la continuidad o no del carácter populista del régimen, pero también al mantenimiento de los elevados ingresos petroleros, en una combinación que algunos analistas llaman petropopulismo.
El domingo 12 de septiembre, el electorado de Turquía ratificó con claridad las reformas a la Constitución que el gobierno del Partido de la Justicia y el Desarrollo (AKP), del primer ministro Recep Erdogan, sometió a referéndum. El "score" final fue contundente puesto que el "si" a las reformas obtuvo un 58% de los sufragios. El resultado del referéndum constitucional es importante porque, en los hechos, funcionará como una suerte de "plebiscito" de la gestión de gobierno de Recep Erdogan, plebiscito que, seguramente, impactará decisivamente, dentro de un año, en las elecciones legislativas del verano donde las chances del CHP de Kemal Kiliçdaroglu ya aparecen algo disminuidas. Y si el AKP gana esas legislativas, la continuidad de Erdogan al frente del gobierno estaría muy cerca de concretarse.En el referéndum en cuestión se ponía a votación la modificación de unos 26 artículos de la Constitución que emergió del golpe de estado militar del año 1980 y cuya aprobación fue concretada bajo presión militar. En líneas generales, las enmiendas aprobadas podrían ser claramente calificadas como pasos importantes hacia una modernización y racionalización del sistema político turco si éste no tuviese la peculiar historia y el curioso perfil que efectivamente posee. Como veremos, el resultado "político" (no el electoral) es por demás ambiguo puesto que anuncia el paulatino debilitamiento del poder militar, la decadencia de una laicidad política, que en su momento acercó a Turquía al Occidente, fortalece a los partidos políticos, a la sociedad y al discurso de reivindicación del Islam detrás del que se encuentra, inevitablemente agazapado, el fundamentalismo islámico.La Turquía moderna es hija de Kemal Ataturk, líder del movimiento militar revolucionario que, al final de la 1era. Guerra Mundial, realizó la hazaña de pergeñar en 1923 un estado laico y moderno con los materiales históricos heredados de la penosa decadencia del Imperio Otomano. La república fundada por Ataturk resultó ser inevitablemente autoritaria, nacionalista, expansionista y fuertemente militarista. Pero era una república y, esto no es poca cosa, era un gran proyecto de racionalización y secularización de una sociedad islámica ultratradicionalista y profundamente conservadora. Si hoy Turquía se destaca en el mundo, y particularmente en el mundo islámico, es porque aparece dotada de un sistema político secularizado y aparentemente mucho más "moderno" que el de los países islámicos donde la secularización de la sociedad y de la política es incipiente o inexistente. Para bien y para mal, el kemalismo fue, durante décadas, el gran actor de la sociedad turca y está en la base de la Turquía moderna.Pero al kemalismo le pasó lo que le pasa a muchas izquierdas latinoamericanas: aspiran a revolucionar la sociedad del 2010 para volver a un modelo socio-político de 1960. Iluminista, centralista, jacobino, nacionalista, antiimperialista, higienista y autoritario, orientado a "fortalecer al estado", "ilustrar a la población", "desarrollar al país", "combatir al imperialismo" y "salvar a los pobres", todo ello a la fuerza, sin consultar democráticamente a la ciudadanía y aunque sea al precio de lesionar o perder la libertad política de todos, el kemalismo posee todos los tics ideológicos de los supuestos "progresismos" latinoamericanos.Ya hace décadas que la misma modernización impulsada durante los primeros 40 años del kemalismo hizo que la sociedad turca se hartara del paternalismo militar izquierdizante. Por ello, porque la sociedad turca se hizo más urbana, más compleja y diversa, porque les clases medias se vincularon con el mundo, porque el consumo occidentalizado comenzó a extenderse a sectores populares, el electorado comenzó a tener nuevas orientaciones políticas. En 1960, en 1971, y en 1980, los militares hubieron de quebrar el orden institucional para "preservar el espíritu" de la república kemalista. Y así se fue instaurando la peculiar configuración de una izquierda militar defensora autoritaria de la laicidad del Estado todopoderoso que dirigía con crecientes dificultades a una sociedad cada vez más plural, más diversas, más exigente que reivindicaba valores poco entendibles para el viejo modelo kemalista. Y poco entendibles, también, porque, en muchos casos, las nuevas demandas aparecen como abiertamente contradictorias entre sí. Por ejemplo, Turquía reclama un nuevo y más respetado lugar para la religión y, al mismo tiempo, un nuevo y más respetado lugar para la mujer. El quiebre hubo de tener lugar, finalmente, en el 2002, cuando el Partido AKP, que proviene del movimiento cultural y político pro-islamista llegase finalmente al gobierno. Cuando un exultante Erdogan, festeja, en la noche del domingo 12 de septiembre, el triunfo en el referéndum con la frase "Nuestro pueblo ha dado un paso histórico hacia la democracia y la supremacía del Estado de derecho. Se ha acabado el régimen de tutela, y han perdido los que apoyan los golpes de estado", no es posible estar en desacuerdo. Pero tampoco es fácil contener la desconfianza. No solamente el gobierno de Erdogan no ha sido, en absoluto, un ejemplo de respeto al estado de derecho. Son muchas las violaciones a las libertades fundamentales que pueden ser endosadas a este súbito y prístino demócrata. Más allá de ello, en realidad, lo que profundamente preocupa es que en esta embestida contra el agotado pasado kemalista se esté contrabandeando una renovación política portadora de un discurso cada vez más islamizante y que Turquía esté, lentamente, cambiando del "regimen de tutela" de los viejos militares autoritarios y laicos hacia un "regimen de tutela" de nuevos ayatollahs autoritarios y fundamentalistas.La inquietud no es subjetiva. Para muestra, alcanza un botón. Las encuestas, internacionalmente supervisadas, indican cambios inquietantes en la opinión pública turca. En el año 2004, el 74% de los turcos se inclinaba favorablemente por una integración de su país en el Unión Europea; en el 2010, el porcentaje cae al 38%.
La iniciativa popular de referéndum es la facultad atribuida a un número de ciudadanos o a un porcentaje de ellos para instar la celebración de un referéndum sobre una cuestión política de interés general o sobre un texto normativo, remitiendo al cuerpo electoral la decisión sobre su oportunidad, su aprobación o su abrogación. A diferencia de la iniciativa de referéndum atribuida a los entes subcentrales en algunos Estados compuestos y de la iniciativa otorgada a las minorías parlamentarias, el reconocimiento de la iniciativa popular de referéndum está bastante extendido en el Derecho comparado. Donde está instituida, sirve para enfrentar la pasividad o falta de receptividad de los legisladores e impulsar la adopción de reformas constitucionales o legislativas. Y puede servir para controlar y corregir el resultado de los procesos parlamentarios de formación de la voluntad general. En este trabajo analizamos la regulación comparada de las iniciativas populares que tienen por objeto la convocatoria de referéndums propositivos sobre normas y decisiones de transcendencia nacional, de ratificación de leyes votadas y no sancionadas y de abrogación de leyes en vigor. También abordamos los intentos de regulación de la iniciativa popular de referéndum habidos en España, con especial atención a la proposición de reforma constitucional aprobada por la Junta General del Principado de Asturias, aún pendiente de toma en consideración.Citizens' initiative for referendum is the power attributed to a number of citizens or to a percentage of them to trigger a referendum concerning a political question of general interest or a legislative text, thus giving the electorate the decision regarding its relevance, approval or repeal. Unlike initiatives for referendum attributed to sub-central entities in some composite states and initiatives granted to parliamentary minorities, citizens' initiative for referendum is generally acknowledged in comparative law. Where introduced, citizens' initiative for referendum is used to tackle the ...