Las órdenes de tutela frente a la falta de disponibilidad presupuestal de las entidades estatales: análisis en perspectiva constitucional
La Corte Constitucional, a través de órdenes de tutela dentro de las que se destacan las contenidas en la sentencia T 760 de 2008 sobre el derecho a la salud, ha ordenado el despliegue de actuaciones administrativas con implicaciones presupuestales, entrando en la órbita funcional de las autoridades de elección popular quienes son las encargadas de la previsión y ejecución del presupuesto. Sin embargo, corresponde al ámbito funcional de la Corte Constitucional el proferir órdenes de tutela incidentes en el presupuesto público, dadas las facultades constitucionales y legales atribuidas que le otorgan la competencia para proferir las órdenes necesarias para la protección inmediata de los derechos fundamentales y, además, por los efectos generados por la figura de Estado Social de Derecho que adoptó nuestro país en la Constitución Política de 1991, en la función de guarda de la integridad y supremacía de las normas superiores, y en la interpretación constitucional de los principios de gasto público y separación de poderes con base en el entendimiento de éste último como separación de ámbitos funcionales dotados de un control activo entre ellos. Asimismo, verifica la legitimidad de la Corte que el carácter programático de una prestación amparada por un derecho no descarta su exigibilidad y que la garantía sobre el goce efectivo de los derechos fundamentales, sean estos de libertad o sociales, es un mandato constitucional que irradia el ejercicio del poder público y determina una de sus funciones principales en un Estado Social de Derecho, de manera que si el juez de tutela constata la violación de una faceta prestacional de un derecho fundamental, debe protegerlo adoptando órdenes encaminadas a garantizar su goce efectivo, pero que a su vez sean respetuosas del proceso público de debate, decisión y ejecución de políticas, propio de una democracia, y de su propia jurisprudencia, como en efecto lo hizo a través de la sentencia T 760 de 2008, fallo que entr dentro del concepto de lo que un sector de la doctrina denomina activismo dialógico. ; Abstract. Through several guardianship orders "Tutela", especially those highlighted in the Judgment T 760 of 2008 on the right to health, the Constitutional Court of Colombia has ordered the deployment of administrative actions with fiscal implications, thus entering the functional orbit of elected officials responsible for the provision and implementation of public budget. However, it is among the functional scope of the Constitutional Court to utter guardianship orders that impacts the public budget, that is, given its constitutional and legal powers that bestows the competition to emit the necessary orders for the immediate protection of fundamental rights and also, by the generated effects of the social state of law figure in our country adopted by the Constitution of 1991 in the role of safeguarding the integrity and supremacy of superior laws, and in the constitutional interpretation of the principles of public expenditure and the separation of powers based on the understanding of the latter as a separation of the functional fields provided with an active control amongst each other. Likewise, it validates the legitimacy of the Court, that the programmatic nature of a provision protected by the law, does not excludes its enforcement and that the guarantee for the full enjoyment of fundamental rights, whether they be of freedom or social, is a constitutional mandate that irradiates the exercise of public authority and determines one of its main functions in a social state of law, so that if the guardianship judge finds a violation of the provisional aspect of a fundamental right, it is his duty to protect it, issuing orders designed to ensure its full enjoyment, making sure they are respectful of the public process of discussion, decision and implementation of policies, innate of a democracy, and its own jurisprudence, as indeed was done through decision T 760 of 2008, ruling that falls within the scope of what a sector of the doctrine calls dialogic activism. ; Maestría