La sociedad chilena resolvió a principio de este siglo reformar integralmente elsistema procesal penal que rigió en nuestro país, reemplazando aquel que secaracterizó por ser inquisitivo, escrito, formalista y con un sistema probatorioreglado, por uno oral, público, acusatorio, controvertido, concentrado y conun sistema probatorio basado en los principios de la lógica, de las máximasde la experiencia y el conocimiento científicamente afianzado.Sin embargo, la pregunta es ¿qué ha pasado con la Justicia Militar, cuyoCódigo es del año 1926 y que se mantiene casi en forma similar desde su nacimiento a la vida jurídica? Mención especial es lo que concierne a su organización y procedimiento, originado en la Ordenanza de 1768, de Carlos IIIde España, la cual estuvo vigente en nuestro país hasta la dictación, en 1839,de la Ordenanza General del Ejército.
La Administración de Justicia española se ha ido adaptando paulatinamente
al cambio exigido por el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información
y de la comunicación (TIC). A mayor avance tecnológico mayores son
las posibilidades que estas nos ofrecen; en el ámbito estrictamente judicial, su
empleo puede ayudar a paliar algunos de los males endémicos de nuestra justicia.
En este trabajo observaremos la evolución del sustrato legal y de la voluntad
política por modernizar la justicia en España, apuntando los puntos fuertes de la
reciente Ley 18/2011, entre los que sin duda se encuentra el reconocimiento del
derecho del ciudadano a relacionarse electrónicamente con la Administración de
Justicia, y la cuestiones pendientes. Finalmente, mostraremos un extracto de las
principales lecciones a las que ha llegado el Cyberjustice Laboratory, centro pionero
en el estudio de las TIC en sede judicial. Espainiako Justizia Administrazioa pausoz pauso egokitzen joan
da informazio eta komunikazio teknologia berrien garapenak (IKT) eskatzen duen
aldaketa girora. Teknologiak aurrera egin ahala, zabalagoak dira eskura ditugun
aukerak. Epaitegien eremuari gagozkiola, teknologien erabilerak gure justiziak
pairatzen dituen gaitzetako batzuk konpontzen lagundu dezakete. Lan honetan,
Espainian justizia modernizatzeko bidean egon den lege-oinarriaren eta borondate
politikoaren bilakaera aztertuko dugu, eta oraindik orain indarrean jarri den
18/2011 Legearen indarguneei erreparatuko diegu ¿besteak beste, herritarrek Justizia
Administrazioarekin harremanak elektronikoki izateko duten eskubidea¿, bai
eta konpontzeke dauden arazoak ere. Azkenik, Cyberjustice Laboratory zentroak
eskaintzen dituen irakasbide nagusien laburpena egingo dugu, zentro hori aitzindaria
baita egoitza judizialeko IKTen ikerketan. Spanish Justice Administration has been gradually adapting to the
change demanded by the development of new Information and Communication
Technologies (ICTs). The more technological advance, the more chance these offer
us. The use of ICTs in judicial context can help us to fix up some of the endemic
problems of our justice. In this paper we observe the evolution of the legal
substrate and the political decisions to modernize the justice in Spain, pointing out
the strengths of the recent Law 18/2011 ¿the recognition of the right of citizens to
interact electronically with the Administration of Justice¿ and the outstanding
issues. Finally, we will show an extract of the main lessons that we could drawn
from Cyberjustice Laboratory, pioneer in the study of ICT in Court.
En 2011, veintisiete años luego del final de la dictadura militar en Brasil, una ley, aprobada con amplia mayoría en el Congreso, creó la Comisión Nacional de la Verdad. Sin carácter jurisdiccional, la Comisión tiene el mandato de aclarar, en dos años, las graves violaciones de los derechos humanos cometidas durante la dictadura, incluso si se produjeron en el extranjero. Al mismo tiempo sigue vigente una Ley de Amnistía anterior, de 1979, que, en su momento, resultó de un delicado acuerdo político entre el gobierno y la oposición. Dicha ley fue esencial para la transición pacífica del país a la democracia pero sus términos, hoy en contravía de los principios del derecho internacional de los derechos humanos, no permiten que los responsables por las violaciones sean juzgados y condenados. En su trayectoria de justicia transicional, Brasil solo aplicó el principio de la reparación y ahora camina hacia el principio de la verdad. Pero sigue legalmente impedido de aplicar la justicia. Cabe preguntarse cuál será la reacción de la sociedad brasileña ante las verdades aclaradas y el impacto que esa reacción pueda generar en la trayectoria de la justicia de transición brasileña: ¿indiferencia o cambios radicales?
Court's work in State governed by the rule of law must be transparent. In Mexico the addition to the constitution's article six of the right of access to public information requires that courts create a public policy in that matter. This policy can be seen as a tool to improve court's work by providing crucial information for the decision making process. Nevertheless, today courts in the federal and local level tend to see the duties in access to public information as a burden that impairs their job. This article aims to explain how having a policy of access to information can be an important tool for justices rather than an impediment. ; La transparencia no debe ser entendida como una carga adicional a la función jurisdiccional, reducida a rendir un sinnúmero de informes, sino como una herramienta que permite el buen desempeño de la labor de los poderes judiciales. En efecto, el ideal de la justicia, entendido como lo hace el artículo 17 CPEUM, pasa por una serie de principios que requieren que el actuar de estos poderes sea transparente, a fin de que el justiciable pueda conocer y comprender en forma clara y oportuna los resultados de los procesos. De ahí que resulte indispensable que las instituciones impartidoras de justicia cuenten con fuertes políticas de transparencia.
La Tesis doctoral centra su investigación en analizar el grado de injerencia que se produjo en el Tribunal Supremo por parte del poder ejecutivo desde 1836 a 1881. Esta intromisión se ocasionó de dos maneras: a) designando directamente a los magistrados del mismo ante un vacío legal y b) promulgando leyes y normas que indirectamente facilitaran esa intromisión del gobierno en el funcionamiento ordinario del alto Tribunal. La recuperación de la doctrina expresada en la Constitución de Cádiz se debatió a lo largo del S. XIX no en los principios que fueron respetados tanto por gobiernos moderados como progresistas y sí en la materialización y ejercicio práctico de la autonomía del poder judicial como poder absolutamente independiente. La Tesis profundiza en los cambios políticos y como éstos se tradujeron en la administración de justicia, estamento muy vulnerable por la escasa legislación existente en temas tan importantes como la carrera judicial, la inamovilidad, la responsabilidad judicial y la motivación de sentencias, ejes fundamentales para reforzar la independencia de los jueces y sus estructuras básicas de funcionamiento. La Tesis aborda en dos grandes capítulos la politización del Tribunal Supremo y la Estructura orgánica del mismo tanto en sus responsables singulares como de manera colegiada. Se recogen las conclusiones en forma de cuadros gráficos con tendencias y evoluciones según los períodos de estudio cronológicos; se aborda la personalidad de cada magistrado y fiscal de los 186 estudiados y se compone una ficha técnica con su carrera judicial y sus militancias políticas además de notorias realizaciones legislativas. Se completa la Tesis con un Apéndice documental basado en la reproducción de textos manuscritos de extraordinario interés para calibrar el grado de descontento por la actuación de la clase gobernante en relación a la independencia judicial. Se incorpora un Apéndice legislativo de todas las normas consultadas y una Bibliografía específica y general sobre el tema.
In: Pertsonak eta antolakunde publikoak kudeatzeko euskal aldizkaria: Revista vasca de gestión de personas y organizaciones públicas, Heft 23-II, S. 30-51
En tiempos en los que términos como Big Data, Red Neuronal o Deep Learning están a la orden del día, no debemos olvidar que, sobre todo en el ámbito de las administraciones públicas, la integridad del dato es fundamental para la toma de decisiones basadas en la evidencia. Si bien es cierto que la administración pública es uno de los sectores que más invierte en infraestructuras de almacenamiento y datos, se tiende a sobrevalorar la utilidad de toda esa información que, en gran medida y debido sobre todo al marco legal, se encuentra muy compartimentada y con grandes dificultades de interconexión. Si a esto le sumamos la dificultad para encontrar información fidedigna en un mundo hiperconectado y polarizado, la única manera de acercarnos a la evidencia es replantear las bases de nuestros sistemas de información desde nuevos puntos de vista. La integridad del dato, en su sentido más amplio (calidad, integridad y valor), debe ser revisada y expuesta a una mejora continua y conceptos como el Small data y el Data Wrangling, son los objetivos a tener en mente antes de valorar soluciones más complejas. Este artículo profundizará en estos conceptos tomando como ejemplo la mejora realizada en el modelo de gestión de los sistemas de información del servicio de Justicia de Adultos de la Dirección de Justicia del Gobierno Vasco. Big data, neurona-sare, deep learning eta halako terminoak ohiko bihurtu zaizkigun garaiotan, ez dugu ahaztu behar, batez ere administrazio publikoen esparruan, datu-osotasuna funtsezkoa dela ebidentzian oinarritutako erabakiak hartzeko. Administrazio publikoa datuak biltegiratzeko azpiegituretan zein datuekin lotutako bestelako azpiegituretan gehien inbertitzen duten sektoreetako bat dela egia bada ere, joera handia dago informazio horren guztiaren erabilgarritasunari balio handiegia emateko; izan ere, informazio hori, lege-esparruaren ondorioz batez ere, oso zatituta egon ohi da eta, hala, interkonexio-zailtasunak handiak dira. Horri egungo mundu hiperkonektatu eta polarizatuan informazio fidagarria aurkitzeko dauden zailtasunak gehitzen badizkiogu, ebidentziara hurbiltzeko modu bakarra gure informazio-sistemen oinarriak ikuspuntu berrietatik birplanteatzea da. Datu-osotasuna, zentzurik zabalenean (kalitatea, osotasuna eta balioa), etengabe berrikusi eta hobetu behar da, eta, bide horretan, besteak beste, small data eta data wrangling kontzeptuak izan behar dira buruan irtenbide konplexuagoak baloratu aurretik. Artikulu honek kontzeptu horietan sakontzen du zehazki, Eusko Jaurlaritzako Justizia Zuzendaritzako Helduen Justizia Zerbitzuko informazio-sistemen kudeaketa-ereduan egindako hobekuntza adibide gisa hartuta. In times when terms such as Big Data, Neural Network and Deep Learning are the order of the day, we must not forget that, especially in the field of public administrations, data integrity is essential for evidence-based approach to decisión making. Although it is true that the public sector is one of those to make the greatest investment in storage and data infrastructures, there is a tendency to overestimate the usefulness of all this information which, to a great extent and mainly due to the legal framework, is highly compartmentalized and with great interconnection difficulties. If we add the difficulty of finding reliable information in a hyperconnected and polarized world, the only way to get closer to the evidence is to rethink the foundations of our information systems from new points of view. Data integrity, in its broadest sense (quality, integrity and value), is the basis of this path and concepts such as Transfer Learning and Small data, the objectives to keep in mind before evaluating more complex solutions. This article will try to delve into these concepts, taking as an example the improvement made to the management model of the information systems of the Basque Government's Directorate of Justice.
Sumario: I. Introducción. Del Brexit al ultra vires en tiempos de coronavirus.—II. Primera parte. Los desarrollos jurisprudenciales del derecho de la Unión Europea. 1. El espacio de libertad, seguridad y justicia a) La extradición y la euroorden en el espacio europeo b) Las obligaciones de los Estados en la reubicación de los refugiados y sus derechos c) El derecho a elección de abogado por un asegurado en caso de mediación 2. El mercado único europeo a) Las libertades económicas y Hungría b) El régimen de ayudas de Estado: la prescripción de la recuperación y la ayuda en forma de IVA c) La contratación pública en el mercado único: procedimientos de control y ámbito de aplicación de las Directivas 3. Las políticas europeas a) La política social y la coordinación de los regímenes nacionales de Seguridad Social b) Las prácticas desleales en el transporte aéreo: sentencia Ryan Air c) La invocación de la falta de la evaluación de impacto ambiental y la Directiva de agua.—III. Segunda parte. La jurisprudencia europea, las prejudiciales españolas y sus efectos en el Derecho Interno. 1. Las sentencias prejudiciales «españolas» a) Los tribunales económico-administrativos ya no están facultados para plantear una cuestión prejudicial: sentencia Banco de Santander b) Las cláusulas abusivas en los préstamos bancarios: sentencia Gómez del Moral c) La equiparación y el abuso sobre los trabajadores temporales en el sector público: sentencia Baldonedo Martín y sentencia Sánchez Ruiz d) La residencia, la expulsión y los refugiados «no comunitarios»: sentencias Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y Ministerio Fiscal (Gran Canaria) e) La vigencia de los contratos de servicios públicos adjudicados directamente: sentencia Compañía de Tranvías de La Coruña f) El cómputo de los días de permiso de los trabajadores: sentencia Fetico g) El derecho a un abogado de oficio en caso de no comparecer en un procedimiento penal: sentencia VW 2. Los recursos directos ante los tribunales europeos contra las correcciones financieras 3. La denegación de las medidas cautelares frente a la destitución de un eurodiputado: auto Oriol Junqueras.— IV. Relación de las sentencias comentadas.
La idea de que la única función del Estado consiste en asegurar los derechos que protegen las libertades individuales, constituye el problema fundamental de la teoría de justicia del pensamiento liberal. La consecuencia más inmediata que se deriva de esta concepción de justicia es el no reconocimiento de los derechos sociales y de los derechos culturales como derechos humanos fundamentales. La cuestión de la justicia social, que en nuestra realidad debe significar el aseguramiento de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales -en tanto derechos humanos fundamentales todos ellos-, implica pensar, de forma diferente a como lo ha propuesto el liberalismo, el modelo de sociedad y de Estado que requerimos para resolver nuestros grandes problemas de pobreza, desempleo, educación, explotación, marginalización, violencia y reconocimiento de la identidad cultural de las minorías culturales. En este ensayo se desarrollan algunas tesis con las cuales se intenta justificar una concepción igualitaria de la justicia.
Exposición realizada en Seminario sobre "Reforma a la Justicia Militar", organizado por la Facultad de Derecho y Comunicación Social de la Universidad Bernardo O'Higgins.
Esta obra desarrolla un análisis histórico y conceptual del neoconstitucionalismo en Ecuador en aras de identificar las ideas políticas y jurídicas que influyeron en el programa de cambio institucional impulsado en Montecristi (2007-2008). La historia constitucional reciente permite develar un paradigma periférico y normativista que, en su afán por consolidar un gobierno de leyes y superar la «crisis» de representación, logró diseñar, dentro del régimen político de la Constitución de 2008, un gobierno imaginario de jueces activistas y comprometidos con los derechos humanos. Pese a ello, el autor argumenta que las condiciones políticas de la Asamblea Constituyente, la pluralidad de fines constitucionales y la trayectoria institucional del Ecuador parecen orientarse –contra la utopía neoconstitucional– hacia la politización de la justicia. De esta manera se abren interrogantes sobre los "tipos ideales" que han influido el pensamiento constitucional en Ecuador, y sobre los límites de una tradición intelectual que ha renunciado al estudio de los vínculos inescindibles entre el constitucionalismo y la política.
In defense of the marqués de San Felipe y Santiago, involved in a criminal suit, and attacked in the pamphlet titled "Pincelada primera para el bosquejo sombrío de las iniquidades cometidas por el asesor titular de la Comision militar ejecutiva . José Ildefonso Suárez . " (Habana : Luque, 1841). ; Mode of access: Internet.
Sumario: I. Introducción.—II. Primera parte. Los desarrollos jurisprudenciales del Derecho de la Unión Europea 1. La Carta y la interpretación de los derechos fundamentales a) No siempre se aplica la Carta b) La igualdad por razón del sexo y la igualdad de oportunidades c) El derecho a la protección de datos personales: transferencia internacional y seguridad nacional d) Las creencias religiosas de los pacientes y la asistencia sanitaria en la Unión e) Las limitaciones de la legislación bancaria italiana al derecho de propiedad, la libertad de empresa y la libre circulación de capitales 2. El espacio de libertad, seguridad y justicia a) El retorno y la expulsión de los no comunitarios b) Los refugiados y el abuso en la solicitud de asilo 3. El mercado único europeo a) La libre circulación de los trabajadores b) La libertad de establecimiento y la libertad de cátedra en Hungría de las universidades de otros países de la OMC y del EEE c) La Directiva de servicios, los apartamentos compartidos y las aplicaciones para taxis d) Contratación pública: ¿algún contrato puede salirle gratis a la Administración? e) El alcance de la tutela judicial efectiva y la cooperación administrativa en materia tributaria f) Las ayudas de minimis y la acumulación de ayudas 4. Las políticas europeas a) Los derechos sociales en la Unión: el empleo temporal y la vacaciones b) La protección de los consumidores y el uso de tarjetas bancarias c) La neutralidad en la red.—III. Segunda parte. La jurisprudencia europea, los jueces españoles y sus efectos en el Derecho interno 1. Las medidas cautelares de quien pierde el escaño en el Parlamento Europeo 2. La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ya no podrá plantear cuestiones prejudiciales 3. Las sentencias en materia de extranjería: sentencia Subdelegación del Gobierno en Barcelona y Subdelegación del Gobierno en Guadalajara 4. Las sentencias sobre cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios 5. La protección de los pasajeros del transporte aéreo 6. Las tasas a los servicios de comunicaciones 7. La protección frente a los despidos colectivos 8. La protección de los derechos de autor de intérpretes y productores en la reproducción de fonogramas 9. La fiscalidad de la energía y los hidrocarburos.—IV. Relación de las resoluciones judiciales comentadas.