Prostitución, feminismos y derecho penal
In: Estudios de derecho penal y criminología 101
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In: Estudios de derecho penal y criminología 101
El presente trabajo de investigación se enmarca al estudio de la inconstitucionalidad de la reformulación de cargos en la legislación penal ecuatoriana, a efectos de determinar si se violan o vulneran derechos constitucionales, tales como; el debido proceso, el derecho de defensa, el principio de igualdad entre las partes procesales y el principio de congruencia, mismos que se encuentran reconocidos a nivel Constitucional y a nivel del Derecho Internacional, en general. La reformulación de cargos se encuentra regulada por primera vez en el Código Orgánico Integral Penal, la que brinda la posibilidad de que si durante la instrucción fiscal, los resultados obtenidos de la investigación hagan variar de manera justificada la calificación jurídica de la imputación que se realizó durante la formulación de cargos, el fiscal tendrá la posibilidad de solicitar al juzgador, audiencia para efectuar una reformulación de cargos, que en caso de realizarse el plazo de la instrucción se extiende a treinta días que serán improrrogables, en donde ya no es posible una nueva reformulación. En el presente estudio, se utilizó las técnicas de entrevistas a abogados en libre ejercicio de la profesión, ha juristas ecuatorianos y a ex jueces de garantías penales, por lo que se utilizó la técnica cualitativa y cuantitativa, utilizando de manera categórica la primera de ellas con la aplicación de métodos analíticos, sintéticos, deductivo, historico, sociológico. En los resultados de la presente investigación se refleja que existen criterios divididos, por una parte, quienes consideran que la reformulación de cargos si es inconstitucional por cuanto viola el derecho a contar con los medios y con los tiempos necesarios para la defensa, el derecho al debido proceso, y de manera especial es violatoria al principio de igualdad – igualdad de armas, oportunidades, en las mismas condiciones entre las partes procesales. ; The following research centers its study on the unconstitutionality of restatement of charges in the Ecuadorian criminal legislation, in order to determine if there is a violation of constitutional rights, such as: the due process of law, the right to defense, the principle of equity between procedural parts, and the principle of congruence, which are recognized at the Constitutional level and the level of International Law, in general. Restatement of charges is regulated for the first time in the Integral Criminal Code (Código Orgánico Integral Penal), which determines the following possibility: if during the Prosecutor's Instruction, the results obtained from the investigation justifiably modify the legal qualification of the imputation that has been done during the formulation of charges, the Prosecutor has the possibility to request the judge a hearing about restatement of charges; which, in case of being held, the term of the Instruction extends up to thirty days non-extendable, where a new restatement is not allowed. In the following study, the technique of interviewing practicing lawyers, Ecuadorian jurists and former Criminal judges has been used, so the qualitative technique was predominantly used, applying analytic, synthetic, deductive, historic and sociologic methods. The results of the following investigation show that there are split opinions; in one hand, those who consider that restatement of charges is unconstitutional because it violates the right to count with enough time and resources needed to a defense, the due process of law; and specially, it violates the principle of equality - equality of arms, opportunities, in the same conditions between the procedural parties. ; Magíster en Derecho Penal ; Cuenca
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In: Derecho penal y criminología
In: Revista internacional de la Cruz Roja, Band 7, Heft 53, S. 342-342
La Sociedad Internacional de Derecho Penal Militar y de Derecho de la Guerra celebró, del 2 al 6 de septiembre, en Lausana (Suiza), su IX Congreso Internacional.En el orden del día figuraban algunos problemas planteados por los recientes desarrollos del derecho de la guerra. Cada Estado debe formular directrices para las respectivas fuerzas armadas. Se trata, por una parte, de incluir las nuevas normas internacionales en el correspondiente sistema jurídico y, por otra parte, de añadir las puntualizaciones y las órdenes que requiere la aplicación de ciertas disposiciones.Se consideró particularmente oportuno estudiar las cuestiones siguientes: refuerzo, en el nuevo derecho internacional, de la protección debida a la población civil contra los peligros ocasionados por las hostilidades; extensión de las categoryías de combatientes que se benefician, en caso de captura, del estatuto de prisionero de guerra, lo que conlleva problemas de responsabilidad y de interpretación; formación de asesores jurídicos ante las fuerzas armadas, cuyos estatuto y responsabilidad deben puntualizarse; adaptación del sistema judicial nacional y de las directrices al mando a fin de impedir las violaciones del nuevo derecho.
El presente estudio tienen por objeto responder a dos interrogantes: ¿el minimalismo es aplicable a la realidad ecuatoriana? y de haber un problema de incompatibilidad ¿existe un marco conceptual alternativo que permita gestionar la conflictividad criminal de manera efectiva? La importancia de la primera pregunta radica en que esta postura político criminal es la que se ha impuesto dentro del Derecho comparado y en el caso de nuestro país es la postura aceptada en la Constitución, por tanto si la respuesta es negativa, implica que el Ecuador se ha quedado sin un norte para gestionar su criminalidad. La segunda pregunta, conlleva la posibilidad de forjar un esquema conceptual alternativo que permita superar el inmovilismo y populismo en que ha caído la política criminal en las últimas décadas. Su estructura consta de tres libros: Libro I "El Derecho penal mínimo: análisis conceptual", se enfoca en fijar los ejes conceptuales del minimalismo. El segundo libro "La aplicabilidad del derecho penal mínimo en el Ecuador", aborda la primera pregunta planteada. Mediante un conjunto de reformas legislativas que han puesto a prueba la capacidad de los gobernantes de disminuir el ámbito de protección penal, revela que en el caso de las normas estructurales para el funcionamiento de la sociedad ecuatoriana los intentos han fracasado de manera sucesiva. El tercer libro "El derecho penal estratégico: una propuesta político criminal desde el Ecuador" aborda la segunda pregunta; sobre la base de una sucesión de rupturas conceptuales se diseña una propuesta político criminal alternativa. El estudio mantiene un profundo vínculo con la realidad tanto en el diagnóstico como en la propuesta político criminal. Constituye una apuesta por construir un marco conceptual basado en experiencias de las dos últimas décadas de nuestro país, para abordar el problema que hoy más preocupa a nuestra sociedad: la criminalidad.
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In: Colección de pensamiento jurídico 16
In: Derecho penal
Durante los últimos cincuenta años se ha vuelto una constante en nuestro país, que cada vez que ocurre una situación coyuntural donde predomine la excesiva crueldad, el derramamiento de sangre o la degradación del ser humano, resurja la necesidad de aumentar las penas. Tal respuesta estatal, más la creación de nuevos tipos penales, no reflejan verdaderas pautas de política criminal que determinen las causas reales de los grandes incrementos de la criminalidad y contrarresten los altos índices de impunidad reinantes en Colombia. AbstractDuring the last fifty years the necessity of increasing the penalties has become in a constant in our country. It occurs each time that a situation where the excessive cruelty, bloodshed or the degradation of the human beings predominates. That state response, plus the creation of new types of punishments do not reflect a model of criminal politics to determine the real causes of the big increase of criminal cases and to thwart the high impunity rates in Colombia.
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In: http://hdl.handle.net/10630/8597
Este trabajo de investigación se dirige al estudio de los problemas que plantea para el sistema democrático la existencia de una jurisdicción constitucional encargada de evaluar la compatibilidad de las decisiones del legislador en materia de política criminal con la carta fundamental. Aunque la actividad de los tribunales constitucionales encargados de controlar las leyes aprobadas por los parlamentos se ha asentado en el contexto jurídico de un gran número de países de Europa y de América Latina, las cuestiones relativas al alcance y límites de su función siguen siendo uno de los aspectos más debatidos por la doctrina jurídica constitucional. De esto da cuenta la inmensa producción bibliográfica que, desde diversos puntos de vista, se ha ocupado de analizar los problemas de legitimidad del control de constitucionalidad de las leyes a cargo de la jurisdicción. Por otra parte, en época reciente algún sector de la doctrina jurídico-penal ha venido llamando la atención acerca de cómo la creciente alarma social frente a diferentes manifestaciones de criminalidad dentro de la sociedad, sean reales o aparentes, activa casi de manera instantánea el movimiento de grupos de presión interesados en que se efectúen reformas legislativas para atender a esta disfunción social. Estas reformas, no obstante, no siempre resultan adecuadas a la realidad social sobre la cual pretenden incidir, sea porque la reacción adoptada no es idónea, sea porque se realizó bajo un entendimiento erróneo de la problemática, lo que termina dando lugar a una política criminal irracional. Esta constatación ha motivado un desplazamiento del objeto de estudio al análisis de los procedimientos de creación de las leyes penales y la adecuación de los modelos de creación de las mismas. Este enfoque se contrapone a la dogmática jurídica tradicional de corte positivista limitada en gran medida al campo de la aplicación del derecho. A pesar de que una y otra cuestión plantean problemas que se solapan entre sí, son escasos los trabajos de investigación que ...
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In: Biblioteca de textos legales 139
Se analiza en este artículo la influencia del llamado Derecho penal del enemigo y la tesis de la tolerancia cero en la doctrina y la legislación, dando lugar al surgimiento de un Derecho penal de excepción que claramente se opone al modelo de Estado democrático. El autor analiza críticamente las propuestas de estos planteamientos de política criminal y como los mismos han sido considerados en las reformas legales españolas. ; Discussed in this article the influence of so-called enemy criminal law and the theory of zero tolerance doctrine and legislation, giving rise to a criminal law of exception that is clearly opposed to model democratic state. The author critically examines the proposals of these approaches to criminal justice policy and how these have been considered in the Spanish legal reforms. ; Universidad Pablo de Olavide de Sevilla ; Versión del editor
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Conferencia pronunciada en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (Madrid), el día 19 de marzo de 2014 ; El presente trabajo aborda la razón de ser de la legislación penal, esto es, el porqué de una determinada normativa en un momento concreto y cómo se diseña y elabora la reforma de la misma por el legislador, o la creación de una nueva ley con un fundamento ideológico concreto en el marco del Estado de Derecho. ; This article discusses the rationale of criminal law, that is why there is a certain standard at a particular time and how it is designed and made reform of the law by the legislature, or as creating a designing new law with a particular ideological foundation under the rule of law. ; 1. MOTIVACIÓN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA; 2. LA CODIFICACIÓN. PRINCIPIOS INFORMADORES; 3. LA INFLUENCIA DE LA REALIDAD SOCIAL; 4. EL EMOTIVISMO COMO MALA TÉCNICA LEGISLATIVA.
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Los procesos de globalización se han extendido fuera de las fronteras de cada Estado en el ámbito económico, político, cultural y tecnológico. Como en anteriores revoluciones industriales, han impuesto su modelo económico apoyándose en una concreta ideología. La ideología de la globalización se asienta sobre el pensamiento neoliberal de la eficacia tecnocrática y del beneficio. La mundialización ha afectado a la criminalidad, tanto en su extensión como en su estructura y forma de aparición. Para hacer frente a la criminalidad de la globalización, el sistema penal ha tenido que adaptarse a los nuevos tiempos. La ideología de la globalización y sus efectos en el ámbito de la delincuencia, ha influido de forma decisiva en la concepción teórica del Derecho Penal. Esta relación se refleja en la Dogmática Penal, en los modelos funcionalistas, en el Derecho Penal simbólico o en el Derecho Penal del enemigo. La globalización también ha extendido los valores propios de las democracias occidentales. Y como resultado, ha contribuido a la ideología de la tutela de los derechos humanos en casi todo el Planeta. Su influencia en el sistema penal ha sido decisiva. Se explica así la fuerte tendencia en las últimas décadas a la internacionalización del Derecho Penal y las manifestaciones del Derecho Penal intercultural.
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